Nuevo impuesto ambiental catalán a la aviación que se aplicará solo en El Prat

El nuevo tributo afectaría a las operaciones de aterrizaje, rodaje y despegue y para determinarlo influyen diversas fórmulas de cálculo, con un máximo de 20.000 vuelos por empresa contribuyente.

16/12/2013 a las 1:57 h
contaminación aérea

El impuesto ambiental catalán a la aviación comercial se aplicará solamente en el Aeropuerto de El Prat, según los requisitos que marca el anteproyecto de la ley que el gobierno autonómico saca ahora a información pública.

El ejecutivo regional ha publicado este pasado viernes en el Diario Oficial de la Generalitat el inicio del período de información pública del anteproyecto de ley de impuestos ambientales a la aviación, las nucleares y las emisiones de gases, con los que la Generalitat prevé recaudar 50 millones de euros anuales y que reinvertirá en acciones para mejorar el entorno. En el caso del impuesto sobre aviación se contabiliza en el momento de cada despegue.

Si la ley supera el trámite parlamentario, las previsiones son que la ley pueda entrar en vigor en abril de 2014, cuando se iniciará el periodo impositivo para las nucleares e industrias que emiten gases, sin tener en cuenta el CO2, y partículas.

Según el texto, el impuesto a la aviación comercial se aplicará solo en los aeródromos que pertenezcan a municipios declarados zona de protección especial del ambiente atmosférico, lo que en la actualidad significa El Prat y Sabadell, pero el aeródromo del Vallès no es de aviación comercial, sino general y de formación.

El nuevo tributo afecta a las operaciones de aterrizaje, rodaje y despegue y para determinarlo influyen diversas fórmulas de cálculo, con un tipo impositivo general de 3 euros por kilo de óxido de nitrógeno (NOx) y uno reducido de 1,5 euros por kilo de NOx; la base imponible computa un máximo de 20.000 vuelos por empresa contribuyente.

La Generalitat calcula que recaudará unos 3,8 millones anuales, a partir de 2015, ya que este tributo es exigible a partir del 1 de enero del año siguiente a cada año natural.

La calidad del aire como justificación

El impuesto sobre la emisión de gases y partículas a la atmósfera busca incentivar conductas más respetuosas con el medio ambiente y mejorar la calidad del aire.

El planteamiento es el de gravar, a partir de determinada cantidad de emisión según el compuesto, el NOx con 75 €/tn, el dióxido de azúfre SO2, con 45 €/tn, las partículas en suspensión con 60 €/tn y el carbono orgánico total con 45 €/tn.

Afectará a industrias como las cementeras, refinerías de petróleo y gas, fábricas de materiales plásticos y explotaciones mineras.

La Generalitat confía en recaudar un máximo de 2,1 millones anuales, a partir de 2015 dependiendo de la entrada en vigor de la ley, dado que la presentación de la declaración se debe producir el primer trimestre del año siguiente al que grava el impuesto.