Publicadas las restricciones al tráfico para el 2012

En la resolución de la DGT publicada en el BOE, se recoge la nueva ruta de la Red de Itinerarios de Mercancías Peligrosas, RIMP, y también se expone una serie de excepciones a las restricciones.

07/02/2012 a las 8:59 h

 

El Boletín Oficial del Estado ha publicado la resolución de 24 de enero de 2012, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2012. En la resolución se establecen las restricciones de tráfico para vehículos pesados de más de 7,5 Tn de MMA, el transporte de mercancías peligrosas y los transportes especiales durante 2012.

Asimismo, para el transporte de mercancías en vehículos pesados, la DGT establece una serie de restricciones genéricas que coinciden con períodos de tráfico intenso.

Quedan exentos de esta prohibición, los vehículos y conjunto de vehículos de cualquier tipo, que transporten ganado vivo o leche cruda, así como aquellos que transporten, en periodo invernal, fundentes para asegurar el correcto mantenimiento de la vialidad de las carreteras.

En cuanto a las mercancías peligrosas, el transporte ADR no podrá circular desde las ocho horas hasta la medianoche, los domingos y días festivos, y desde las trece horas hasta medianoche, las vísperas que no sean sábado de los festivos.

En la resolución se recoge la nueva ruta de la Red de Itinerarios de Mercancías Peligrosas, RIMP, y también expone una serie de excepciones a dichas limitaciones.

Por su parte, los vehículos especiales también tendrán una serie de restricciones y no podrán circular dentro de algunos horarios estipulados.

La maquinaria de servicios automotriz y las grúas de elevación, no podrán circular los domingos y días festivos dentro del ámbito territorial correspondiente -nacional o de Comunidad Autónoma-, desde las ocho hasta las veinticuatro horas, y las vísperas, no sábados, de estos festivos, desde las trece hasta las veinticuatro horas, así como en los días y horas indicados.