El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha publicado los factores de emisión oficiales para el año 2024, trámite que, como informa Froet, da el pistoletazo de salida a la campaña anual de cálculo y registro de la huella de carbono de las empresas.
Así mismo, el pasado 12 de junio entró en vigor del Real Decreto que establece y regula el Registro de Huella de Carbono, Compensación y Proyectos de Absorción de Dióxido de Carbono.
La nueva, como recuerda la patronal murciana, establece la obligatoriedad del cálculo, verificación y registro de la huella de carbono para empresas sujetas a la Ley 11/2018 sobre información no financiera, Einf, lo que incluye a grandes empresas con más de 250 empleados, cuarenta millones de euros de facturación o más de veinte millones de euros en activos, así como a pymes que pertenezcan a grupos empresariales que presenten EINF.
Además, el cálculo de la huella será exigible para pymes que soliciten subvenciones públicas en materia de sostenibilidad o para cualquier empresa que participe en licitaciones públicas.
En este mismo sentido, la normativa no solo obliga a calcular, sino que redefine el estándar de exigencia. Ahora es obligatorio demostrar con datos verificables el impacto climático de la actividad empresarial con cálculo obligatorio y registro de emisiones de Alcance 1 (directas) y Alcance 2 (electricidad), pan de reducción de emisiones con acciones claras y responsables definidos, así como verificación externa en determinados casos, como para las grandes empresas.
