Publicadas oficialmente las restricciones al tráfico de camiones para 2026

Fiel a su cita anual, la DGT publica las restricciones al tráfico de camiones aplicables este año, que entran en vigor en ocho días hábiles y estarán activas hasta que otra norma imponga las de 2027.

20/01/2026 a las 9:15 h
camiones carretera AP 7 Tarragona

Fiel a su cita de cada mes de enero, la Dirección General de Tráfico ha dado a conocer este martes 20 la Resolución que regula las medidas especiales de regulación que se aplicarán durante este 2026.

Como suele ser habitual cada ejercicio, Tráfico establece una serie de restricciones de circulación que se aplican por la realización de pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos, a vehículos de transporte de mercancías, en carriles reservados para determinados tipos de vehículos, con motivo de otras medidas de regulación en situaciones especiales, en vías con elevada circulación de ciclistas y con motivo de la ejecución de obras en la red viaria.

Esta Resolución entrará en vigor el próximo 30 de enero y tendrá vigencia durante todo 2026, aunque quedará prorrogada hasta que entre en vigor la Resolución que establezca nuevas medidas especiales de regulación de tráfico para 2027.

Restricciones al tráfico de mercancías

En el caso especial de los vehículos de transporte de mercancías, la DGT contempla prohibiciones de circulación para vehículos o conjuntos de vehículos de transporte de mercancías en general más de 7.500 kilogramos de MMA, para transportes de mercancías peligrosas, así como para vehículos especiales y vehículos que precisan autorización complementaria de circulación al superar, por sus características técnicas o por razón de la carga indivisible transportada, los valores de las masas o dimensiones máximas permitidas.

En cada uno de los tres casos se aplican restircciones por calendario y tramos de vía, y, de igual modo, para todos ellos hay excepciones.

Además, Tráfico también contempla restricciones para vehículos de transporte de mercancías en carriles reservados para determinados tipos de vehículos.

A su vez, las restricciones al tránsito de camiones en general se dividen en aquellas que se aplican en períodos genéricos o por fechas.

Períodos genéricos

Las que se aplican en períodos genéricos, de acuerdo con el Anexo II de la Resolución, quedan fijadas todos los viernes comprendidos entre enero y el 30 de marzo, y entre el 4 y 18 de diciembre, así como todos los domingos y festivos comprendidos entre enero y marzo, y entre el 6 y 27 de diciembre en la N-230.

Por otro lado, también hay todos los sábados de los meses de junio, julio y agosto en A-49, AP-4 y N-4, todos los sábados, domingos y festivos de los meses de julio y agosto en A-483, A-497, A-5056, A-5076, A-370 y A-8, todos los domingos del mes de junio en la A-49, AP-4, N-4, A-45 y todos los domingos y festivos de los meses de julio y agosto en la AP-4, N-4 y N-230.

Estas mismas restricciones también se aplican a todos los domingos y festivos comprendidos entre el 28 de junio y el 6 de septiembre en la A-1, A-2, A-3, A-4, A-5, A-6, AP-6, N-6, AP-51, AP-61, N-110, N-603, M-501, A-45, A-49 y N-630.

Restricciones por fechas

Así mismo, por fechas, la DGT también tiene fijadas prohibiciones en carreteras concretas el miércoles 18 de marzo, el viernes 27 y el domingo 29 de marzo.

De igual modo, esta medida se extiende al 1, 2, 3, 5 y 6 de abril, con motivo de la Semana Santa, así como al 24, 26, 27 y 30 de este mismo mes.

En mayo, las restricciones a la circulación de camiones por fechas cubren el 1, 3,17, así como del 20 al 26, mientras que en junio tendrán lugar los días 4, 20, 26 y 27.

En julio, las prohibiciones se aplican las jornadas del 24, 25, 26, 30 y 31, mientras que en agosto lo serán los días 1, 2, 8, 14, 15, 16, 23, 28, 29, 30 y 31.

Ya en octubre, las restricciones genéricas por fechas tienen lugar los días 8, 9, 10, 12, 30 y 31 de octubre. En noviembre, son el 1, 2, 20, 21 y 22. Por último, en diciembre se aplicarán el 4,5, 6, 8, 24 y 31.

Mercancías peligrosas y transportes especiales

Por otra parte, el Anexo V de la Resolución determina ciertos tramos con prohibición de adelantamiento a determinados vehículos en fechas concretas.

Así pues, esta medida se aplicará en la A-62 el lunes 6 de abril, todos los viernes de los meses de julio y agosto, así como todos los domingos y festivos de los meses de junio, julio y agosto; en la A-49 , todos los viernes de los meses de julio y agosto, y todos los domingos y festivos de los meses de junio, julio y agosto; en la AP-4 todos los domingos y festivos de los meses de junio, julio y agosto, así como en la AP-1 los días 5, 12, 19, 26 de julio y 9, 30 de agosto, los viernes 14 y domingo 16 de agosto, viernes 30 de octubre, domingo 1 de noviembre y martes 8 de diciembre, así como el sábado 31 de octubre.

El mismo Anexo V recoge restricciones específicas para mercancías peligrosas y transportes especiales por fechas en todas las carreteras y en ciertas vías, junto con la red de itinerarios para mercancías peligrosas que estará en vigor este año.