El pleno del Senado ha aprobado esta semana con algunos cambios el proyecto de Ley de Movilidad Sostenible por 113 votos a favor, tres en contra y 165 abstenciones.
En una tramitación vertiginosa, la Cámara Alta ha introducido varias modificaciones al texto del proyecto normativo remitido por el Congreso y, por lo tanto dará traslado de las enmiendas incorporadas a la Cámara Baja, donde continuará su el último tramo de su tramitación parlamentaria de cara a su aprobación definitiva.
Pocos días antes, la Comisión de Transportes y Movilidad Sostenible del Senado había ratificado por asentimiento la ponencia del proyecto de Ley de Movilidad Sostenible, así como su dictamen con 17 votos a favor, diez en contra y cinco abstenciones.
El proyecto de Ley de Movilidad Sostenible dedica la inmensa mayoría de su articulado a la movilidad de viajeros, pero la norma también tendrá gran importancia para el transporte de mercancías en particular y para el sector logístico español en su conjunto en algunos de sus aspectos.
De manera particular, la norma se articula en un Título Preliminar, otros ocho Títulos, y un conjunto de disposiciones adicionales, transitorias, derogatorias y finales. El Título I se define el Sistema Nacional de Movilidad Sostenible, el Foro Administrativo y el Consejo Superior de Movilidad Sostenible. El Título II recoge un Documento de Orientaciones para la Movilidad Sostenible, así como sus directrices generales y su sistema de indicadores, y el Instrumento de Planificación Estratégica Estatal en Movilidad.
Por otro lado, el Título III regula los servicios de transporte por carretera y ferrocarril; el Título IV, la contribución financiera del Estado; el V los proyectos piloto en movilidad; el Título VI el transporte de mercancías; el VII, a las políticas públicas de movilidad y el VIII el régimen sancionador.
