La Subdirección General de Inspección de Transporte Terrestre ha editado una nueva versión del baremo sancionador en el ámbito del transporte por carretera.
Este nuevo cuadro, en su versión 7.2, incorpora las novedades introducidas por el Real Decreto Ley 3/2022 de 1 de marzo de 2022.
En este sentido, se ha modificado el régimen sancionador principalmente en la relación de infracciones para incluir las contenidas en normativas europeas y para adecuar la cuantía de las sanciones.
De igual modo, también se ha reformado el procedimiento sancionador para ajustarlo a lo que determina al respecto la LOTT.
El baremo sancionador contempla todas las infracciones que pueden cometerse en el ámbito del transporte por carretera divididas en 21 categorías, incluyendo para cada caso concreto el concepto de la infracción, la norma infringida, la norma sancionadora, su procedimiento sancionador y la cuantía de la sanción.
Las sanciones del baremo se aplican en obligaciones con la administación pública, tacógrafo, tiempos de conducción y descanso, limitador de velocidad, transporte público discrecional de mercancías, transporte privado complementario de mercancias, transporte de mercancías peligrosas, transporte de mercancías perecederas, transporte público regular de viajeros de uso general, transporte público regular de viajeros de uso especial o escolares, otros transportes públicos regulares de viajeros de uso especial, transporte público discrecional de viajeros en vehículos de más de nueve plazas, transporte público discrecional de viajeros en vehículos de hasta nueve plazas, transporte privado complementario de viajeros, transporte sanitario, arrendamiento de vehículos con conductor, arrendamiento de vehículos sin conductor, operadores de transporte, agencias de transportes, transitarios y almacenistas, etaciones de vehículos, agencias de viajes y transporte internacional.
