El Tribunal Supremo ha estimado a trámite el recurso de casación, presentado la Autoridad Portuaria de Alicante contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, que anulaba la Modificación Puntual nº 5 del Plan Especial del puerto.
Según los responsables de la rada, esta decisión resuelve el fondo del asunto, y lo devuelve a la Justicia valenciana, “para que se dicte nueva sentencia en la que se dé respuesta a los motivos que han quedado imprejuzgados” y “resuelva sobre los mismos en congruencia con las pretensiones articuladas en la demanda”.
El Supremo considera que el caso presenta “interés casacional”, porque permitirá aclarar un punto esencial en la articulación urbanística de los puertos referido a la obligatoriedad de que la Delimitación de los Espacios y Usos Portuarios esté aprobada antes de iniciar la elaboración de un Plan Especial, o si ambos procedimientos pueden tramitarse simultáneamente, siempre que la aprobación de la deliitación se produzca antes de la aprobación definitiva del Plan Especial.
En el caso del puerto de Alicante, el debate jurídico se centra en la Modificación Puntual nº 5 del Plan Especial, que adapta los usos del muelle de Levante al nuevo marco de relación puerto-ciudad.
En este ámbito, la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana anuló dicha modificación al entender que había sido formulada antes de aprobarse definitivamente la DEUP del Puerto, un criterio que ahora será revisado por el Tribunal Supremo.
Según el criterio de la Autoridad Portuaria, la resolución del Supremo servirá para fijar doctrina sobre la relación entre la planificación estatal portuaria y la planificación urbanística, una cuestión con incidencia directa en la gestión y ordenación de los espacios portuarios en todo el país.
Así mismo, el ente gestor portuario alicantino considera que la decisión del Tribunal Supremo contribuye a "clarificar un aspecto técnico relevante para la gestión portuaria", al tiempo que destaca que "la resolución final de este procedimiento ofrecerá una interpretación jurídica de interés general sobre la coordinación entre las distintas administraciones competentes".
