Si hace unos días se hacía efectiva la Resolución del Servicio de Tráfico Navarro que establece medidas especiales de regulación de tráfico para 2025 en la Comunidad Foral, ahora el Boletín Oficial del Estado ha publicado este viernes, 24 de enero, la Resolución de la Dirección de Tráfico vasca que establece medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2025 en el País Vasco.
Como en años anteriores, la norma tiene por objeto establecer medidas especiales de regulación del tráfico para determinados vehículos o conjunto de vehículos en aquellas fechas en que se pueda afectar a la seguridad vial, la movilidad y la fluidez de la circulación.
En este sentido, la elección de dichas fechas se ha realizado, según la Dirección de Tráfico vasca, atendiendo a diversos factores como son el calendario de festividades de la CAPV, fines de semana, periodos coincidentes con el inicio o fin de las vacaciones estacionales, puentes festivos u otras circunstancias que puedan afectar a las condiciones de circulación.
Así pues, se han fijado restricciones de circulación por la celebración de pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos, así como para vehículos que transportan mercancías peligrosas y transportes especiales los domingos y días festivos en toda la región desde las ocho de la mañana y hasta la medianoche, así como las vísperas de los días festivos en toda la comunidad autónoma que no sean sábados, desde las cuatro de la tarde y hasta la medianoche.
Los servicios de transporte ADR y los especiales también estarán sujetos a las restricciones a la circulación que operan para los vehículos de transporte de mercancías en general en el País Vasco.
Por otro lado, también se fijan restricciones al tránsito de vehículos o conjuntos de vehículos de transporte de mercancías de más de 7,5 toneladas de MMA en diversos tramos de diferentes carreteras vascas y con horadios determinados de los días 16, 17 y 21 de abril, 8, 29 de mayo, 27 y 28 de junio, 14, 24, 25 y 31 de julio, 1, 14, 15 y 31 de agosto, 1, 3 y 11 de noviembre, 5, 6 y 8 de diciembre de 2025, y 2, 3 y 6 de enero de 2026.
De igual manera, la Resolución también recoge las exenciones a las restricciones de circulación, el mapa de la red de itinerarios de mercancías peligrosas y la posibilidad de levantar excepcionalmente estas restricciones a la circulación.
La Resolución entrará en vigor en ocho días hábiles y tendrá vigencia durante todo el año 2025, aunque se prorrogará hasta la entrada en vigor de la resolución por la que se establezcan medidas especiales de regulación del tráfico para el año 2026.
