La Justicia Europea decide este jueves sobre la multa a España por el retraso en la reforma de la estiba

Bruselas pide una sanción de 24 millones por el retraso, que equivale al tiempo transcurrido desde el 11 de diciembre de 2014, fecha de la primera sentencia, y el 12 de mayo,día en el que se aprobó el Decreto Ley.

13/07/2017 a las 3:14 h

Ahora, es el TSJL el que tiene que decidir si hay multa y la cuantía de la misma,

El Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TSJL) decidirá este jueves sobre la multa que se debe imponer a España por el retraso en la aprobación de la reforma que liberaliza el sector de la estiba, una infracción para la que la Comisión Europea solicita una sanción de 24 millones de euros.

La reforma, aprobada en Consejo de Ministros el pasado 12 de mayo y convalidada por el Congreso seis días más tarde, se aprobó para cumplir con la normativa comunitaria, dado que el TSJL falló en diciembre de 2014 que la legislación española sobre esta materia contravenía las reglas europeas.

La CE presentó un recurso ante el Tribunal con sede en Luxemburgo por no cumplir con aquella sentencia en el que proponía una multa diaria a España de 27.522 euros hasta el momento en el que se aprobara la reforma. Además, Bruselas pedía una segunda sanción de 134.122 euros diarios por cada día de retraso desde que el TUE hiciese pública su segunda sentencia.

El Ejecutivo comunitario dio por buena la reforma aprobada en mayo, tras un primer intento fallido dos meses antes, con lo que se evitaba que la Justicia europea impusiera una multa a España en línea con la segunda sanción propuesta por Bruselas

A pesar de ello, si los jueces se ciñen a lo propuesto por la Comisión Europea con respecto a la primera sanción, la multa podría ascender a 24 millones de euros, que equivale al tiempo transcurrido desde el 11 de diciembre de 2014, fecha de la primera sentencia, y el 12 de mayo,día en el que se aprobó el Decreto Ley.

"La responsabilidad es de quienes no lo convalidaron"

El ministro de Fomento, Iñigo de la Serna, ha dicho que, si finalmente recae una multa a España "superior a cero euros" por su retraso en reformar la estiba, será "única y exclusivamente responsabilidad de aquellos que no apoyaron la convalidación del Real Decreto Ley" en su día, lo que obligó a presentar un segundo.

Según el ministro, si el Real Decreto se hubiera convalidado en su primer paso por el Congreso en marzo pasado, se habría condonado la parte devengada de la primera sentencia, cerca de 25 millones de euros. Dado que se consiguió la convalidación, hubo que ir a una segunda que finalmente se aprobó en mayo.

Ahora, es el TSJL el que tiene que decidir si hay multa y la cuantía de la misma, si es la suma total de la multa por el tiempo transcurrido sin aprobar la reforma o una cantidad intermedia.

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