El Consejo de Ministros da el visto bueno a un nuevo reglamento de servicios postales

El Gobierno da el visto bueno a un nuevo reglamento de servicios postales destinado a adaptar la normativa a la actual situación del mercado, así como para regular en detalle las condiciones del servicio postal universal.

03/05/2024 a las 9:20 h
El reglamento se publicará como real decreto.
El reglamento se publicará como real decreto.

El Consejo de Ministros ha dado luz verde esta misma semana al reglamento de los servicios postales.

Una vez se apruebe el nuevo reglamento a través del correspondiente real decreto, el Gobierno estima que permitirá desarrollar la regulación de la prestación y del sistema de garantías para permitir un uso eficaz y eficiente de los servicios postales, así como completar la normativa del servicio postal universal.

Para ello, además, se fijan como objetivos dotar de agilidad y transparencia a la normativa que regula el acceso de los operadores a la prestación de los servicios postales en el mercado español, así como garantizar el secreto en las comunicaciones postales regulando la intervención de los envíos.

Entre otros aspectos, en materia de derechos de los usuarios de los servicios postales, por ejemplo, se regula el secreto de datos personales y se facilitan las reclamaciones, lo que se traduce, casi indefectiblemente, en obligaciones de los operadores prestadores de estos servicios.

Así mismo, el Ejecutivo defiende que el reglamento postal aprobado busca solucionar posibles situaciones de inseguridad jurídica al acomodarse a la nueva realidad surgida de la Ley postal vigente desde 1 de enero de 2011.

Particularmente, por lo que respecta al servicio postal universal, el reglamento ajusta los aspectos que se refieren a estas prestaciones encomendadas por el Estado al operador encargado de garantizarlo, con los niveles de calidad y en las condiciones que fija el Plan de prestación, y por los que ese operador designado recibe la correspondiente compensación por la carga financiera que debe soportar conforme a la metodología contenida en el mismo Plan.

Por otra parte, el Gobierno considera que con esta norma se exceptúan de esta normativa técnica postal aspectos que hasta ahora estaban tangencialmente regulados en ella, pero cuyo acomodo debe hacerse en las normas que regulan las materias propias del procedimiento administrativo, en particular las especificidades de las notificaciones administrativas y judiciales que las Administraciones públicas y los órganos del Poder Judicial dirigen a los ciudadanos, mediante envíos postales.

Además, el real decreto recoge la transformación de la realidad postal española con la aplicación sistemática de la norma a todos los operadores postales que actúan en el mercado español, según el Gobierno, de tal modo, que todos los servicios postales en España se proveen en régimen de libre concurrencia y, por tanto, las normas que garantizan los derechos de los usuarios de esos servicios deben aplicarse como obligaciones que tienen que respetar todos los operadores postales.

Por último, también se desarrollan, de acuerdo con la ley, el régimen de prestación de servicios postales, el de acceso a la condición de operador postal, el funcionamiento del Registro General de Empresas Prestadoras de Servicios Postales, así como la intervención de los envíos postales y las actuaciones inspectoras.

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