Reglamento UE nº 10/2011 sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con los alimentos

El pasado 14 de enero se publicó el Reglamento (UE) Nº 10/2011 de la Comisión sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos, que será aplicable, en gran parte, a partir del 1 de mayo de 2011, con un periodo de transición para facilitar su implantación.

19/04/2011 a las 22:35 h

La legislación europea, y por extensión la española, relativa a materiales destinados al contacto con alimentos, sigue actualizándose de forma continua en base a los nuevos avances científicos realizados en la materia, permitiendo así una mayor seguridad del consumidor y la eliminación progresiva de la ambigüedad y vacíos legales con los que las empresas se encuentran frecuentemente.

Con este objetivo, el 14 de enero de 2011 se ha publicado el Reglamento (UE) Nº 10/2011 de la Comisión, de 14 de enero de 2011, sobre materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos, que será aplicable, en gran parte, a partir del 1 de mayo de 2011.

Puede obtener aquí el documento.

Este nuevo Reglamento engloba y deroga toda la legislación comunitaria relativa a plásticos, introduciendo cambios en los ensayos de migración, simulantes alimentarios y listas de sustancias autorizadas, además de incluir específicamente los materiales multicapa multicomponente, ignorados hasta el momento. Puesto que las autoridades competentes e industria tienen que adaptar sus normas de ensayo a las disposiciones actualizadas, existirán periodos de transición para permitir y facilitar esta labor.

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