AEFYT solicita la neutralidad tecnológica en la industria del frío

La asociación pide la inclusión de los sistemas directos 
de refrigeración en cascada de CO2 en el Reglamento Europeo F-Gas.

19/05/2016 a las 8:18 h

La Asociación de Empresas del Frío y sus Tecnologías, AEFYT, ha puesto en marcha una serie de acciones para conseguir que la definición de Equipos de Refrigeración Comercial adoptada por el Reglamento Europeo de Gases Fluorados sea tecnológicamente neutral.

El objetivo es que las ingenierías puedan tener a su disposición una gama suficiente de tecnologías, que responda a las diferentes necesidades en cuanto a eficiencia energética y a las distintas condiciones climáticas que se dan en la Unión Europea.

Además, dicha neutralidad tecnológica permitiráfomentar la competitividad entre equipos y, por tanto, el control de precios y la investigación y desarrollo, según mantienen desde la asociación.

La primera de sus acciones es suscribir y apoyar la propuesta realizada por la asociación europea del retail, EuroCommerce, que está en línea con las demandas de la industria tecnológica del frío, al exigir la redefinición de la refrigeración en cascada de CO2 incluyendo equipos tanto directos como indirectos.

Además, los empresarios españoles del frío buscarán apoyos en otras organizacionestanto españolas como europeas, particularmente entre los países del sur y del este de Europa, los más perjudicados por la actual redacción del Reglamento. Por último, la asociación va a elevar su propuesta a los ministerios españoles de Industria y Comercio.

"Grave limitación tecnológica y económica"

La definición de Equipos de Refrigeración Comercial adoptada por el Reglamento Europeo de Gases Fluorados del 16 de abril de 2014 obliga, a partir del año 2022, a que los nuevos equipos instalados en el sector comercial sean exclusivamente con sistemas indirectos de cascada de CO2.

Esta circunstancia, en opinión de AEFYT, supone una grave limitación tecnológica y económica para fabricantes, instaladores y usuarios. Además, no ofrece un claro ahorro energético en países con altas temperaturas. La Comisión Europea debe evaluar esta definición en julio de 2017, para lo que ya se han comenzado los trabajos de consulta.

Según señalan desde la asociación española, la posible adopción de los sistemas indirectos como única tecnología aplicable no tiene en cuenta las necesidades que se plantean en los distintos proyectos, especialmente en países que registran alta temperaturas, y no ofrece los ahorros energéticos que se buscan con este Reglamento.

Por ello, esperan recibir el apoyo del Gobierno españolen la defensa de la industria nacional y, por otro lado, que la Comisión Europea "recapacite" y aplique los principios de ecuanimidad técnica que le son exigibles.

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