Constituído el Consorcio de la Zona Franca de Sevilla

El Consorcio estará presidido por el alcalde de Sevilla y su vicepresidente será un delegado del Ministerio de Hacienda.

28/07/2014 a las 22:10 h

El puerto de Sevilla es el más importante de Andalucía en entrada y salida de contenedores nacionales.

El Ayuntamiento de Sevilla, ha autorizado este lunes 28 de julio, la constitución del Consorcio de la Zona Franca de Sevilla (ZFS), que tendrá por objeto principal el establecimiento y explotación de la zona franca de Sevilla con el fin de promover e impulsar en la misma el desarrollo de actividades de carácter industrial, comercial y mercantil, con el objeto de satisfacer intereses generales.

Asimismo, podrá promover, gestionar y explotar, en régimen de derecho privado, directamente o asociado a otros organismos, todos los bienes de cualquier naturaleza integrantes de su patrimonio situados fuera del territorio de la Zona Franca y que le pudieran pertenecer en virtud de cualquier título admisible en derecho, con el fin de contribuir al desarrollo y dinamización económica y social de su área de influencia.

En la composición del Consorcio el presidente será el alcalde de la ciudad de Sevilla y el vicepresidente un delegado del Ministerio de Hacienda, a los que acompañarán un número determinado de vocales. Además, podrán incorporarse más miembros, modificándose a tal efecto sus estatutos previa aprobación de las autoridades competentes. 

Competencias

El Consorcio de la ZFS tiene plena capacidad para realizar cuantos actos sean necesarios para el desenvolvimiento y logro de su objeto, pudiendo nombrar y separar todo su personal, arrendar y adquirir terrenos, edificios y demás inmuebles necesarios para el establecimiento y buen funcionamiento de las instalaciones, pudiendo acudir a la expropiación forzosa para llevar a cabo su adquisición observando los trámites que prescribe la legislación vigente.

Además, es de su competencia celebrar contratos de suministro de materiales y ejecución de obras relacionados con inversiones o los servicios de la Zona Franca, así como contratar y obligarse a fines de explotación e instalación de la Zona Franca, pudiendo realizar empréstitos, sean o no hipotecarios, y contratar garantías de emisión y seguros de colocación de títulos.

También tiene potestad para aceptar subvenciones, donativos y cesiones de toda clase así como herencias y legados, destinando sus productos a los fines que tienen encomendados, además de para emitir 'warrants' y cualquier otra forma de resguardos de depósitos de mercancías situados dentro de sus instalaciones.

Control financiero

Para el cumplimiento de sus fines el Consorcio tendrá a su disposición y administrará tanto el producto de las tarifas, debidamente legalizadas, que perciba por la utilización de sus instalaciones y servicios, como las subvenciones que, a su favor, acuerden el Estado, las entidades públicas o privadas y los particulares.

También gestionará los importes que por infracción de sus Reglamentos le deban los particulares así como el importe de los daños que se causen por éstos a las obras e instalaciones de la Zona.

El Consorcio tendrá a su disposición los rendimientos obtenidos de sus bienes y derechos de naturaleza patrimonial o por herencia, legado o donación, y los ingresos obtenidos por el uso u otorgamiento de las concesiones y del arrendamiento de superficies de terrenos, talleres y locales, instalaciones y mecanismos existentes en la Zona Franca.

Además, controlará los productos de empréstitos que realice y demás operaciones financieras que autorice el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, así como cualquier otro recurso no previsto en los apartados anteriores que pueda serle atribuido.

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