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Logística

El futuro reglamento postal debe garantizar la seguridad de las notificaciones

La CNMC considera necesario mantener la actual redacción del reglamento en materia de notificaciones administrativas.

Ricardo Ochoa de Aspuru 220512 CDS
Ricardo Ochoa de Aspuru
29/08/2022 a las 12:52 h

Competencia ha aprobado en agosto el informe sobre el Proyecto de Real Decreto por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios Postales, que llega 11 años después de aprobarse la Ley del servicio postal universal, de los derechos de los usuarios y del mercado postal.

Sustituirá al reglamento actual, que se dictó en 1999 para desarrollar la ley anterior, previa a la liberalización del sector, pero la CNMC ya ha expresado su preocupación por la inseguridad jurídica que supone que la futura normativa no regule las notificaciones administrativas y judiciales, así como ciertos aspectos sobre la calidad del servicio postal universal.

La modificación propuesta en el reglamento postal suprime la mención del DNI, así como la exigencia de la firma de las personas físicas o el sello de empresas u organismos receptores de las notificaciones, sin que estos requisitos se sustituyan por otros que garanticen la identidad fidedigna del destinatario.

Por ello, la CNMC considera necesario mantener la actual redacción del reglamento en materia de notificaciones administrativas.

En cuanto al servicio postal universal, cree que el proyecto debería regular expresamente las normas técnicas de medición de la calidad del servicio, la aplicación de la fuerza mayor al cómputo de los plazos de entrega y el umbral de incumplimiento de los objetivos de calidad a partir del cual el operador podría ser sancionado.

Seguridad jurídica

Por otra parte, Competencia considera que el proyecto debe redactarse de forma más detallada y coherente con otros textos normativos, incluidos la Ley Postal y el reglamento postal vigente. Además, deben clarificarse los derechos de los usuarios en materia de reclamaciones e indemnizaciones.

Finalmente, afirma que está injustificado que el sello de excelencia de la empresa postal sostenible se otorgue mediante un concurso que se celebraría de forma periódica, limitando el número de operadores que podrían acceder a esta distinción en el momento en que lo mereciesen.

 

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