El Gobierno inicia la reforma de la Ley del sector ferroviario

El Gobierno inicia la reforma de la Ley del sector ferroviario para que sea Adif el órgano que fije los cánones, entre otros aspectos.

02/12/2021 a las 0:30 h

El Consejo de Ministros ha aprobado el proyecto de ley para modificar la Ley del sector ferroviario.

Con este proceso, el Ejecutivo pretende mejorar la adaptación de la ley a la liberalización y al derecho de la Unión Europea, al dar respuesta a las cuestiones planteadas desde la Comisión Europea sobre aspectos de la trasposición a la normativa nacional del marco normativo europeo.

Entre las principales novedades de esta reforma, se encuentran las relacionadas con los cánones ferroviarios.

En este sentido, el Gobierno quiere que Adif determine estos cánones ferroviariosde acuerdo con los criterios de la propia Ley del sector ferroviario y del Derecho de la Unión, para que dejen de ser aprobados con carácter anual en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, dado que, a su juicio, este procedimiento no responde eficientemente a las necesidades actuales del sector, ya que trae consigo unas rigideces formales que condicionan su efectividad.

Como consecuenci, se ha querido transformar la naturaleza jurídica de estos cánones, que pasan de englobarse en un concepto más tradicional de tasas a la figura de prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario", reconociéndose a los administradores generales de infraestructuras la competencia para fijar sus cuantías de forma reglamentaria, respetando en todo caso la jurisprudencia del Tribunal Constitucional en esta materia.

Por otro lado, el proyecto de ley aclara los conceptos de infraestructura ferroviaria y de instalación de servicio, para adecuarlo a la normativa europea.

Este aspecto ha exigido matizar la actual definición de la Red Ferroviaria de Interés General, que, de acuerdo con el anteproyecto de ley, pasará a estar formada por todas las infraestructuras, las estaciones de viajeros y terminales de transporte de mercancías que sean esenciales para garantizar un sistema común de transporte en todo el Estado o cuya administración conjunta resulte necesaria para el correcto funcionamiento de este sistema común.

 

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