Entra en vigor la nueva Ley de Reforma del Trabajo Autónomo

La norma se dirige a facilitar la cotización a la Seguridad Social y reducir las cargas administrativas de los trabajadores autónomos.

25/10/2017 a las 22:15 h

Conductor de camion Estos cambios legales mejoran las condiciones laborales de los autónomos, según el Gobierno.

La Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo ha entrado en vigor hoy, 26 de octubre, tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado del 25 de octubre.

Esta norma articula medidas dirigidas a facilitar la cotización a la Seguridad Social y a reducir las cargas administrativas de los trabajadores autónomos, modula los recargos por el ingreso fuera de plazo de las cuotas a la Seguridad Social y regula la cotización de los trabajadores autónomos en régimen de pluriactividad.

Además, la regulación amplía la tarifa plana de 50 eurospara los nuevos autónomos hasta los doce meses, en lugar de los seis actuales, desarrolla medidas para favorecer la conciliación entre la vida laboral y familiar de los autónomos y mejora los derechos colectivos del trabajador autónomo.

Por otra parte, también se introducen varias modificaciones en el IRPF con la finalidad de clarificar la deducibilidad de los gastos en los que incurren los autónomos en el ejercicio de su actividad y darle mayor seguridad jurídica al colectivo.

[sumario]La nueva norma mejora las condiciones en que desarrollan su actividad los trabajadores autónomos y a garantizar sus expectativas de futuro.[/sumario]

Así mismo, se regula la deducibilidad de los gastos de manutención siempre que se produzcan en establecimientos de restauración y hostelería y se abonen utilizando cualquier medio electrónico de pago, con un límite de 26,67 euros diarios si el gasto se produce en España o 48,08 euros si es en el extranjero.

Igualmente se desarrollan medidas para mejorar la cotización de los trabajadores autónomos, se mejora la formación profesionalpara el empleo de los trabajadores autónomos, se equiparan los accidentes in itínere como accidentes de trabajo, se posibilita que hasta un máximo de tres altas al año tengan efectos desde el momento de inicio de la actividad y no desde el primer día del mes en que se inicia dicha actividad y se permite elevar de dos a cuatro el número de veces al año en que puede cambiarse de base de cotización.

Esta nueva norma viene, a juicio del Gobierno, a mejorar las condiciones en que desarrollan su actividad los trabajadores autónomos y a garantizar sus expectativas de futuro.

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