La CNMC multa a Renfe y Deutsche Bahn por prácticas restrictivas de la competencia en el ámbito ferroviario

El operador tendrá que abonar 49.962.000 euros por acordar mantener el 'status quo' previo a la liberalización del sector, y 15.129.000 euros por discriminación comercial abusiva.

06/03/2017 a las 21:29 h

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, CNMC, ha sancionado con un total de 75,6 millones de euros a varias empresas del ámbito ferroviario pertenecientes a Renfe y a Deutsche Bahn, DB, por infringir de forma continuada la Ley de Defensa de la Competencia y el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

En concreto, la multa ha venido motivada por el establecimiento de acuerdos y prácticas concertadas, restrictivos de la competencia, por parte de Renfe Operadora y Renfe Mercancías por un lado, y Transfesa, Transfesa Rail, PIF, Hispanauto, Semat, DHIB, DB Mobility Logistics y DB Schenker Rail Deutschland por otro.

Asimismo, se considera que ha existido una discriminación comercial abusiva, al menos, a los miembros de la Asociación de Empresas Ferroviarias Privadas, AEFP, por parte de las dos divisiones del operador ferroviario español, en su oferta de servicios de tracción para el transporte de mercancías por ferrocarril en España

[sumario]Crearon una serie de vínculos para posicionarse como clientes y proveedores privilegiados entre sí[/sumario]

En el caso de la primera conducta sancionada, ha quedado acreditado que los diversos acuerdos adoptados, les permitieron mantener el 'status quo' previo a la liberalización del sector en España. Además, crearon una serie de vínculos para posicionarse como clientes y proveedores privilegiados entre sí en ámbitos como el alquiler de locomotoras o campas.

Esto tuvo como resultado una situación en la que el único competidor de Renfe que disponía de tracción, Transfesa, la subarrendó a la propia entidad y a otra empresa del Grupo DB, quedando el operador español como el único con capacidad de tracción propia en el mercado.

En el caso del grupo alemán, no empleó tracción propia en el transporte internacional de mercancías por ferrocarril con origen o destino España, a pesar de contar con locomotoras propias en el país, optando por ceder parte a la empresa pública, que ya disponía de locomotoras suficientes para cubrir sus necesidades.

Por ello, Competencia ha impuesto una multa de 49.962.000 euros, de la que responderán solidariamente las dos sociedades de Renfe afectadas, y otra de 10.513.000 euros, de la que responderán solidariamente las empresas mencionadas del Grupo DB. Asimismo, se ha declarado prescrita la conducta de DB Schenker Rail International Limited.

Tratamiento preferencial para empresas del Grupo DB

En lo que respecta a la segunda conducta sancionada, la CNMC ha acreditado que las condiciones ofrecidas por la entidad española a los operadores de la Asociación de Empresas Ferroviarias Privadas fueron distintas de las acordadas con Transfesa, PIF, Hispanauto y DB SR Deutschland, que recibieron un tratamiento preferencial a la hora de prestarle servicios de tracción. 

Además, no aplicó penalizaciones a Transfesa en caso de que le anulase servicios contratados para el transporte de mercancía, mientras que esta condición sí la aplicaba con otras compañías ferroviarias.

Competencia ha impuesto una sanción a Renfe por este motivo de 15.129.000 euros, de la que las dos divisiones implicadas responderán solidariamente. Además, procede al archivo de las actuaciones seguidas contra la división de Alquiler de Material Ferroviario, por no haber quedado acreditada la comisión de infracción.

No cabe recurso alguno contra esta resolución por la vía administrativa, pero se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo en la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses. 

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