La huelga de estibadores del puerto de Bilbao vulneraría la normativa de competencia

A diferencia de la huelga desconvocada en agosto, no está relacionada únicamente con las labores de la estiba, sino también con otros servicios comerciales y trabajadores.

Añadir CadenaDeSuministro.es como fuente preferida de Google de forma gratuita. Mantente informado con las últimas noticias de actualidad.
Activar ahora

Tras tener conocimiento de la presentación por parte de los sindicatos de estibadores ELA, Kaia B.E.S, LAB, Coordinadora y UGT de un preaviso de huelga en el puerto de Bilbao, la Autoridad Vasca de la Competencia ha contactado con ellos para solicitar que su actuación “no afecte a cuestiones que puedan impedir, restringir o falsear la competencia”.

El paro, que está previsto realizar entre el 9 y el 25 de octubre, afectará a la totalidad de las empresas estibadoras que realizan servicios portuarios de manipulación de mercancías y/o servicios comerciales vinculados que realizan los estibadores portuarios, así como a cualquier otro trabajador que realice estas actividades y a la Sociedad de Estiba y Desestiba del puerto, Bilboestiba.

A diferencia de la huelga desconvocada en agosto, no está relacionada únicamente con las labores de la estiba, sino también con otros servicios comerciales y trabajadores fuera de este ámbito, lo que puede tener importantes implicaciones desde el punto de vista de la competencia.

Desde el respeto a la función de los sindicatos y sin entrar a valorar los motivos alegados, la Autoridad Vasca de la Competencia explica que “los convenios colectivos entre representantes de empresas y trabajadores no quedan automáticamente excluidos de la aplicación de las normas de competencia y de las normas del Tratado de Funcionamiento de la UE sobre libertad de establecimiento y libre prestación de servicios”.

Asimismo, el artículo 1.1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia prohíbe todo acuerdo, decisión o recomendación colectiva, o práctica concertada o conscientemente paralela, que tenga por objeto, produzca o pueda producir el efecto de impedir, restringir o falsear la competencia en todo o parte del mercado nacional.

Por último, recuerda que recientemente la CNMC ha sancionado por conductas contrarias a la Ley de Defensa de la Competencia a Anesco, CCOO, Coordinadora, CIG, ELA, LAB y UGT.

Lo más leído