La reintroducción "temporal" de controles fronterizos no implica la suspensión de Schengen

Algunas excepciones a la normativa de la UE que regula los tiempos de conducción y descanso se están aplicando ya en las fronteras europeas entre estados miembros.

21/03/2016 a las 21:33 h

La posibilidad de reintroducir temporalmente los controles fronterizos en las fronteras interiores de la Unión Europea no implica la suspensión de las normas Schengen. De hecho, dicha posibilidad está prevista expresamente en el Código de Fronteras de Schengen, para poder hacer frente a amenazas graves contra la seguridad interior y el orden público.

Así lo ha explicado la comisaria europea de Transporte, Violeta Bulc,  en respuesta a un escrito remitido por la eurodiputada Izaskun Bilbao a la Comisión, en el que expresaba su preocupación por el 2impacto negativo que los controles fronterizos están teniendo ya para el transporte por carretera2.

En la respuesta a Izaskun Bilbao, señalan desde la Comisión que, aunque es cierto que varios Estados miembros han reintroducido actualmente esos controles, el organismo internacional se propone volver lo antes posible a la situación anterior con la desaparición de los mismos.

Además, desde el organismo también han confirmado que se están analizando y cuantificando en estos momentos los efectos potenciales que tendría en el sector del transporte una reintroducción generalizada de los controles fronterizos.

Basándose en las pruebas y en los datos de los que dispone, desde Europa estiman que el impacto potencial se situaría, solo en costes directos, entre los 5.000 y los 18.000 millones de euros, correspondiendo al sector del transporte por carretera unos 3.400 millones.

Excepciones a los tiempos de conducción y descanso

La eurodiputada también ha preguntado a la Comisión si, ante estos controles, sería plausible la revisión de algunas normas de control de horarios y descansos en el transporte por carretera que ayudasen a paliar los "graves efectos" de esta medida.

A este respecto, el texto que Bulc firma en nombre de la Comisión señala que la normativa de la UE que regula actualmente los tiempos de conducción, pausas y períodos de descanso permite, en circunstancias extraordinarias, establecer excepciones temporales a sus disposiciones.

Según afirman, tales excepciones se están aplicando ya, si bien de forma restrictiva con el fin de no desvirtuar los objetivos de la reglamentación del transporte por carretera, particularmente en materia de seguridad vial, competencia leal y condiciones laborales de los conductores.

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