La tramitación judicial de las reclamaciones por el cártel de camiones podría superar los 10 años en España

En España no hay experiencia judicial previa suficiente en la tramitación y solución de este tipo de acciones, por lo que no existe un criterio armonizado en torno a numerosos aspectos.

13/03/2019 a las 21:49 h

Los tiempos de tramitación judicial de las reclamaciones por el cártel de camiones podrían superar los 10 años en España hasta que se obtenga una sentencia firme, rondando generalmente los 12 años, según han explicado diversos jueces y magistrados especializados en Derecho mercantil en una jornada de la Fundación Universidad y la Universidad Jaume I.

En ella, se han valorado distintas cuestiones sobre los efectos del cártel y las posibilidades de reclamación de indemnizaciones en España. Además, se ha puesto de relieve "la gran volatilidad de la jurisdicción española y su falta de certeza y seguridad" en estos y otros asuntos, tal y como explican desde Fenadismer.

La mayor parte de los ponentes, que han negado la posibilidad de acumular subjetivamente las acciones de los perjudicados, consideran "inaplicable" la Directiva europea sobre reclamación por daños y la regla de presunción del daño. Por ello, han cuestionado tanto la resolución de la Comisión Europea como la efectividad del cártel, para lo que se exigirá prueba suficiente.

En lo relativo al informe pericial que debe acompañar a las demandas para cuantificar el importe de la reclamación, debe basarse en un estudio econométrico riguroso para poder ser estimado, que incluya escenarios contrafactuales y esté dotado del suficiente volumen de datos como para hacer funcionar la fórmula algorítmica de cálculo del daño.

En España no hay experiencia judicial previa suficiente en la tramitación y solución de este tipo de acciones, lo que ha quedado demostrado en este encuentro, al no existir un criterio armonizado en torno a numerosos aspectos, como la documentación necesaria para la formulación de las reclamaciones o el traslado del daño a los clientes por parte del transportista reclamante.

Diferencias con otros países

En cambio, en países como Alemania u Holanda, con jurisdicciones especializadas, se permite la presentación de demandas acumuladas de diferentes reclamantes o su formulación a través de vehículos específicos de litigación.

Además, reconocen la aplicación de unos tipos de interés de hasta cinco puntos porcentuales por encima del tipo de interés oficial del Banco Central Europeo, muy superiores a los que resultarían de aplicación en España.

Por todo ello, desde Fenadismer recomiendan prudencia a los miles de transportistas que han interpuesto reclamaciones respecto a las sentencias tan dispares que se han dictado en primera instancia, pues será necesario esperar hasta la resolución final que en su día dicte el Tribunal Supremo.

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