La UE perfila un Reglamento para garantizar la conectividad ferroviaria con el Reino Unido

Con esta norma se completa el marco de contingencia de cara al 'Brexit' en el ámbito de los transportes, con la vista puesta en que el Reino Unido establezca regulaciones similares dentro de su territorio en relación con las empresas de la Unión.

25/03/2019 a las 22:02 h

La UE quiere garantizar la continuidad de los servicios ferroviarios desde Francia e Irlanda con el Reino Unido en caso de que se produzca un 'Brexit' duro, o sin acuerdo, por lo que, en su reunión de la semana pasada, el Consejo de Europa ha adoptado de urgencia un Reglamento para prorrogar de manera temporal de la validez de ciertas autorizaciones, certificados y licencias necesarios para explotar los servicios de transporte por ferrocarril.

Con esta prórroga se pretende permitir a los operadores la toma de medidas para evitar la interrupción de los servicios ferroviarios, teniendo en cuenta el estatuto del Reino Unido como tercer país, siempre que el este país aplique normas, requisitos y procedimientos idénticos de conectividad ferroviaria transfronteriza.

El Reglamento será aplicable desde el día siguiente a la fecha en que los Tratados de la UE dejen de aplicarse a Gran Bretaña, a menos que para entonces haya entrado en vigor un acuerdo de retirada celebrado con el Reino Unido. Dejará de aplicarse a los nueve meses.

Este es el último Reglamento de contingencia para el 'Brexit' que quedaba por adoptar en el ámbito de los transportes, ya que a mediados de marzo, el Consejo ya había adoptado otros cinco Reglamentos relativos al 'Brexit' en el ámbito de los transportes que serán firmados oficialmente esta semana  y posteriormente publicados en el Diario Oficial de la UE.

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