Nuevas sentencias favorables a los transportistas por el cártel de camiones

Una nueva sentencia cree factible que el perjuicio causado a un transportista alcance el 5% del precio de cada camión afectado por el cártel, a lo que habría que añadir los intereses generados.

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Tras el reciente caso de Llácer y Navarro, los Tribunales de lo Mercantil de Valencia siguen emitiendo sentencias en relación con el cártel de camiones que traen, a priori, buenas noticias para los transportistas.

Así pues, este mismo mes un nuevo auto resuelve que un transportista deberá percibir al menos el 5% del precio total pagado por cada camión afectado por el comportamiento anticompetitivo más los intereses correspondientes, toda vez que el Juzgado estima coherente esa cantidad del 5% dentro de los registros de la Comisión Europea, que, por su parte, calcula que la práctica totalidad de los cárteles fijan sobreprecios en los productos afectados que oscilan entre el 0% y el 10%.

Esta última sentencia tiene de particular el hecho de que relaja las exigencias de concreción en la determinación del daño causado a través de la prueba pericial pertinente, algo que no había sucedido hasta ahora y que, al mismo tiempo, abre un resquicio más para basar un posible recurso.

Además, a esta nueva sentencia hay que añadir el aldabonazo que ha supuesto otro auto del Tribunal Supremo de febrero que da el visto bueno a las reclamaciones que presenten las empresas de transporte en aquellos lugares en que se haya producido la compraventa de los vehículos, algo que facilita la acción judicial y evita tener que trasladarla al país donde tengan su domicilio social las marcas de camiones que se demanden en cada caso.

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