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Nuevo paso hacia la interoperabilidad de los sistemas de telepeaje en las carreteras españolas

El Gobierno regula la interoperabilidad de los sistemas de telepeaje en las carreteras españolas, para adaptarlos a la normativa europea.

Ricardo Ochoa de Aspuru 220512 CDS
Ricardo Ochoa de Aspuru
09/03/2022 a las 20:33 h
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El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto que regula la interoperabilidad de los sistemas de telepeaje en las carreteras españolas aprobado por el Consejo de Ministros esta misma semana y que entrará en vigor este 10 de marzo.

El Gobierno estima que la interoperabilidad permitirá que el telepeaje español se adecue a los estándares técnicos del resto de países de la Unión Europea y viceversa, algo que se alcanzará a través del Servicio Europeo de Telepeaje, complementario de los servicios nacionales de telepeaje.

En concreto, la norma determina su implantación, neutralidad ante la potestad tarifaria de las Administraciones públicas, la protección de los derechos de los usuarios del servicio y el derecho de los proveedores a recibir una remuneración.

De igual manera, también se regulan las notificaciones de los peajes, la contabilidad de los prestadores de servicios de peaje, el registro de los proveedores, el establecimiento de una oficina de contacto única para dichos proveedores y, por último, los requisitos de los organismos notificados encargados de efectuar el procedimiento de evaluación de la conformidad con las especificaciones o la idoneidad para su uso de los componentes de interoperabilidad.

Además, por otra parte, también se tienen en cuenta las soluciones tecnológicas, la armonización tecnológica y la transición al servicio de interoperabilidad, los requisitos de los componentes de interoperabilidad y lo relacionado con los parámetros de clasificación de los vehículos.

En cuanto al plano administrativo, la regulación también regula el órgano de mediación y trata de la migración de los sistemas de telepeaje basados en las comunicaciones dedicadas de corto alcance a otras tecnologías.

Por último, el Real Decreto determina el contenido mínimo de la declaración de dominio del servicio, la conformidad con las especificaciones e idoneidad para su uso de los componentes de interoperabilidad y las interfaces del servicio europeo de telepeaje, respectivamente.

 

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