Se ha publicado en el BOE este pasado 5 de diciembre la resolución de 14 de noviembre, por la que se modifica parcialmente la Resolución INT/2955/2012, de 21 de diciembre de 2012, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2013 en la comunidad autónoma de Cataluña.
El Servicio Catalán de Tráfico, tiene atribuidas las funciones de gestión y control del tráfico en las vías interurbanas y en las travesías o vías urbanas que afecten a la circulación interurbana en el ámbito de la Comunidad Autónoma catalana.
En lo relativo al establecimiento de restricciones temporales o permanentes a la circulación que afectan a determinados vehículos tanto por razón de sus características técnicas como por su carga, el consejero de Interior del gobierno de Cataluña ha dispuesto la modificación parcial de laResolución INT/2955/2012, de 21 de diciembre, por la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2013.
Por este motivo, su anexo C, relativo a los itinerarios idóneos para la circulación de vehículos o conjuntos de vehículos que transporten materias peligrosas (en régimen ADR), se sustituye íntegramente por el anexo de la Resolución INT/2455/2013, que se puede consultar en este enlace.
Esta Resolución entrará en vigor a los ocho días de su publicación y será vigente hasta la entrada en vigor de la resolución de restricciones correspondientes al año 2014.