
Enmiendas de 2013 al Código marítimo internacional de cargas sólidas a granelse puede consultar en este enlace (disponible en formato pdf, de 31 páginas y 606 Kb).
El Ministerio de Asuntos Exteriores ha aprobado las enmiendas de 2013 al Código marítimo internacional de cargas sólidas a granel, Código IMSBC, adoptadas en Londres el 21 de junio de 2013 por el Comité de Seguridad Marítima, MSC.
El Convenio internacional para la seguridad de la vida humana en el mar del 1974, el Convenio Solas, contiene las disposiciones obligatorias que rigen el transporte de cargas sólidas a granel y de mercancías peligrosas sólidas a granel. Estas disposiciones se exponen con más detalle en el Código marítimo internacional de carga sólidas a granel.
Este código se recomendó a los Gobiernos para que lo adoptaran o lo utilizaran como base de sus reglamentaciones nacionales a fin de dar cumplimiento a las obligaciones que se imponen en virtud de las reglas del Convenio SOLAS enmendado. El Código tiene carácter obligatorio en virtud de las disposiciones del Convenio SOLAS desde el 1 de enero de 2011. No obstante, algunas partes del Código siguen teniendo un carácter recomendatorio o informativo.
La observancia del Código armoniza las prácticas y los procedimientos que se deben seguir y las correspondientes precauciones que se deben adoptar al embarcar, enrasar, transportar y desembarcar cargas sólidas a granel por mar, garantizando el cumplimiento de las disposiciones obligatorias del Convenio SOLAS.
El Código se ha sometido a numerosas modificaciones, tanto de forma como de contenido, a fin de se mantenga actualizado respecto de la expansión y el progreso del sector. La Asamblea de la Organización autoriza al Comité de Seguridad Marítima a adoptar enmiendas al Código, de manera que la OMI pueda reaccionar con prontitud ante la evolución del transporte.