El nuevo Real Decreto-ley de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte, en materia de becas y ayudas al estudio, así como de medidas de ahorro, eficiencia energética y de reducción de la dependencia energética del gas natural aprobado por el Gobierno y publicado oficialmente este 2 de agosto, también regula la participación de los conductores en las operaciones de carga y descarga en servicios de carga fraccionada.
En este sentido, la norma modifica la LOTTen lo que respecta a las exenciones en las que los conductores de vehículos de transporte de mercancías de más de 7,5 toneladas de MMA podrán participar en las operaciones de carga o descarga de las mercancías.
Así pues, la regulación permite que estos profesionales realicen estas tareas en servicios de transporte de carga fraccionada entre el centro de distribución y el punto de venta, servicios de paquetería y cualesquiera otros similares que impliquen la recogida o reparto de envíos de mercancías consistentes en un reducido número de bultos que puedan ser fácilmente manipulados por una persona.
Concretamente, se entenderá por transporte de carga fraccionada aquél en el que resulten necesarias operaciones previasde manipulación, grupaje, clasificación, u otras similares.
De igual modo, se determina que un conductor podrá participar en la descarga de los transportes de carga fraccionada entre un centro de distribución y el punto de venta siempre que dicha actividad no afecte a su período de descanso diario o, en su caso, siempre que se lleve a cabo dentro de su jornada laboral diaria y siempre que ello le permita regresar al centro operativo habitual de trabajo o a su lugar de residencia.
Además, los conductores también podrán participar en la carga y descarga de los transportes de carga fraccionada entre un centro de distribución y el punto de venta, o entre el punto de venta y un centro de distribución siempre que, además de la condición anterior, dicha actividad se efectúe en el marco de un contrato de transporte con una duración igual o superior a un año.