Cataluña alega problemas de traducción para modificar a medias sus restricciones a la circulación de duotráilers

Las autoridades catalanas detectan "una incongruencia en las versiones catalana y castellana" de la Resolución de restricciones y modifican a medias las que afectan a los duotráilers.

15/04/2025 a las 9:15 h
El cambio produce efectos desde este miércoles 16 de abril.
El cambio produce efectos desde este miércoles 16 de abril.

El Boletín Oficial del Estado publica este martes, 15 de abril, una Resolución del Servicio Catalán de Tráfico que modifica la del pasado 11 de febrero en la que se establecen las restricciones a la circulación durante el año 2025 en Cataluña.

En esta nueva norma se asegura que "se ha detectado una incongruencia en las versiones catalana y castellana de la mencionada resolución", por lo que se considera "necesario modificarla".

El cambio se refiere al párrafo final de la segunda tabla que consta en el anexo A de la Resolución que regula las restricciones al tráfico en la región, en el sentido de prever las restricciones para conjuntos euromodulares de hasta sesenta toneladas.

Así pues, las restricciones D de este anexo A que antes constaban para conjuntos euromodulares y duotráilers ahora figuran únicamente para conjuntos euromodulares de hasta sesenta toneladas.

Se mantiene, sin embargo, la restricción para duotráiler que les impide circular en festivos, fines de semana, viernes por la tarde y tardes de la víspera de festivos, entre las tres de la tarde y la medianoche, dado que aparece en otro anexo que no ha sido modificado y que en su momento provocó gran indignación en el sector logístico.

Esta Resolución se publicó en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña el 8 de abril pasado y, dado que se estipula que produce efectos a los ocho días de su publicación en el boletín regional, entra en vigor este 16 de abril. Los responsables de tráfico catalanes han tenido la delicadeza de avisar oficialmente de este cambio a los transportistas del resto del país con un día de antelación, tiempo que, sin duda, deben de considerar suficiente para prepararse, salvo que consulten cada día el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña, en cuyo caso habrán disfrutado de mayor plazo.

Lo más leído