Competencia investiga a consultoras de planificación, construcción y explotación de carreteras

Competencia realiza inspecciones en las sedes de varias empresas que operan en el mercado de servicios de consultoría y asistencia técnica en ingeniería para la planificación, construcción y explotación de carreteras.

06/02/2024 a las 11:21 h
Competencia ha efectuado diversas inspecciones entre el 30 de enero y el 2 de febrero.
Competencia ha efectuado diversas inspecciones entre el 30 de enero y el 2 de febrero.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia está investigando la existencia de posibles prácticas anticompetitivas en el mercado de servicios de consultoría y asistencia técnica en ingeniería

De manera particular, el organismo regulador sospecharía de posibles acuerdos o prácticas concertadas de reparto de licitaciones convocadas para la prestación de servicios de consultoría y asistencia técnica en ingeniería para la planificación, construcción y explotación de carreteras.

En este sentido, Competencia habría llevado a cabo diversas inspecciones entre el 30 de enero y el 2 de febrero, como paso preliminar en su proceso de investigación.

Sin embargo, al mismo tiempo, el ente estima que estas pesquisas no prejuzgan el resultado de la investigación ni la culpabilidad de las empresas inspeccionadas, aunque, si como resultado de la inspección se encontrasen indicios de prácticas prohibidas, se incoará un expediente sancionador.

Los acuerdos entre competidores como el que se investiga constituyen una infracción muy grave de la legislación de competencia, que puede conllevar multas de hasta el 10 % del volumen de negocios total de las empresas infractoras.

De hecho, la investigación de los cárteles constituye una de las prioridades de actuación de Competencia, dada la especial gravedad de sus consecuencias sobre los consumidores y el correcto funcionamiento de los mercados, y en este ámbito la entidad desarrolla un programa de clemencia que permite a las empresas que forman parte de un cártel beneficiarse de la exención del pago de la multa, siempre y cuando aporten elementos de prueba que posibiliten su detección, o de una reducción del importe de la multa que pudiera imponérsele, si aporta información con valor añadido significativo, en relación con una investigación ya iniciada.

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