Como todos los años pares desde 1976, también este 2026 llega con un nuevo texto del acuerdo internacional ATP para el transporte por carretera de productos perecederos, que entra en vigor este martes, 25 de agosto.
El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ya ha publicado una versión en español de este texto imprescindible para el transporte frigorífico nacional e internacional a la espera de que se de a conocer la versión legalmente válida del documento.
Principales novedades
Según refiere Atfrie, los cambios afectan a registradores de temperatura, vehículos multicompartimento, refrigerantes y documentación técnica, aunque no obligan a una renovación general de los vehículos o equipos actualmente en servicio.
En el caso de los registradores, la asociación de transporte frigorífico puntualiza que los actualmente en servicio conformes a EN 12830:1999 podrán seguir utilizándose, mientras que las nuevas exigencias de verificación y documentación dispondrán de un periodo transitorio de hasta doce meses, es decir, hasta el 25 de agosto de 2027.
Por tanto, no será necesario sustituir de forma general los registradores ya instalados en las flotas. Las empresas deberían comprobar con sus proveedores o mantenedores qué normativa cumplen sus equipos y garantizar que las futuras verificaciones se realizan conforme al nuevo régimen.
Por otro lado, el ATP desarrolla también con mayor detalle las condiciones aplicables a los vehículos multicompartimento y multitemperatura, capaces de transportar simultáneamente productos con diferentes necesidades térmicas.
De manera particular, los cambios afectan a la definición y tratamiento de los compartimentos, las separaciones fijas o móviles, la configuración durante los ensayos y el cálculo de la capacidad frigorífica necesaria para las distintas configuraciones.
Así mismo, también se regulan con mayor precisión las comprobaciones en aquellos equipos que permiten intercambiar las temperaturas asignadas a los compartimentos.
En un vehículo que transporte simultáneamente producto congelado y refrigerado, por ejemplo, la certificación deberá acreditar que el conjunto mantiene las temperaturas exigidas en todas las configuraciones para las que haya sido homologado.
Las modificaciones afectan principalmente a fabricantes, carroceros, proveedores de equipos frigoríficos, estaciones de ensayo y organismos de control, además de a las empresas transportistas cuando compren nuevos vehículos o modifiquen su configuración.
Para los vehículos ya certificados que continúen utilizándose sin modificaciones no se establece una actuación inmediata.
A su vez, otra de las novedades afecta a la sustitución del fluido refrigerante de los grupos frigoríficos, una cuestión especialmente relevante ante la progresiva introducción de refrigerantes de menor impacto ambiental.
El cambio de refrigerante no debe considerarse automáticamente una simple operación de mantenimiento, ya que puede modificar las características técnicas bajo las que el equipo fue ensayado y certificado.
Por ello, Atfrie recomienda que antes de realizar una sustitución, resulta aconsejable consultar con el fabricante, servicio técnico u organismo competente para confirmar que la nueva configuración continúa cubierta por la certificación ATP correspondiente.
Además, la nueva versión del acuerdo internacional también refuerza la precisión de los procedimientos de ensayo y de la información técnica correspondiente a recintos isotermos y equipos frigoríficos, lo que obliga a conservar correctamente la documentación y la identificación técnica de la caja y del grupo frigorífico, especialmente cuando se realicen sustituciones o modificaciones durante la vida útil del vehículo.
Por su parte, Comisiones Obreras señala como principales novedades de la versión 2026 del ATP la relacionadascon el caudal de aire y que señala que los equipos frigoríficos deben garantizar un mínimo de 50 renovaciones de aire por hora. En cajas grandes se fijan caudales de al menos 3000 m³/h (volúmenes > 60 m³) y 5000 m³/h (volúmenes > 100 m³).
Al tiempo, en lo relacionado con los refrigerantes de reconversión, al cambiar de gas, la pérdida de potencia frigorífica del equipo no podrá superar el 10% respecto al fluido original.
Finalmete, con respecto a las placas de fabricante, es obligatorio contar con placas fijas e indelebles en cajas e instalaciones térmicas sobre partes no sustituibles: Así mismo, ee exige la certificación formal de unidades multicompartimento con hojas de cálculo estandarizadas.