Los autónomos del transporte tendrán que cambiar su forma de facturar antes del 1 de julio de 2027. Desde esa fecha, camioneros, repartidores, taxistas, conductores VTC y otros profesionales en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) estarán obligados a usar un programa de facturación adaptado a los requisitos antifraude fijados por la normativa estatal.
La novedad no se limita a digitalizar tickets o facturas. La tensión para el autónomo está en que la obligación alcanza también a quienes todavía llevan parte de la gestión con hojas de cálculo o programas genéricos, porque la norma prohíbe esos sistemas si no cuentan con certificación específica y con la declaración responsable del fabricante.
El 1 de julio de 2027 obligará al autónomo a dejar Excel y programas sin certificar
La medida figura en el Real Decreto ley 15/2025 y se encuadra en la Ley 11/2021, conocida como Ley Antifraude, que establece las condiciones técnicas que deben cumplir los programas de facturación en España. Para el transportista por cuenta propia, el cambio afecta a una tarea diaria que va unida al cobro de portes, servicios urbanos o reparto de última milla.
El 1 de julio de 2027 será obligatorio para todos los autónomos.
El nuevo marco exige que cada registro de facturación sea íntegro, legible y trazable para la Agencia Tributaria. En la práctica, el sistema deberá impedir que una factura pueda modificarse o borrarse sin dejar rastro, algo que afecta de lleno al control de ingresos, abonos, rectificaciones y duplicados.
Además, el software tendrá que mantener los registros estandarizados y permitir la trazabilidad total de cualquier modificación. Para un autónomo del sector, eso significa que la gestión fiscal deja menos margen a los ajustes manuales habituales en herramientas no especializadas.
Veri*factu permitirá enviar los registros a Hacienda en tiempo real
El Real Decreto 1007/2023 introdujo los sistemas Veri*factu, diseñados para remitir de forma automática los registros de facturación a la Agencia Tributaria. Ese envío facilita el control en tiempo real y refuerza la obligación de que todas las operaciones económicas queden registradas de forma completa.
La norma prohíbe las contabilidades paralelas y cualquier mecanismo orientado a ocultar ingresos.
Para el autónomo, el riesgo no está solo en comprar un programa nuevo. También tendrá que comprobar que el proveedor le entrega una declaración responsable que acredite el cumplimiento legal y técnico, porque no bastará con usar una aplicación comercial cualquiera ni con seguir facturando en una hoja de cálculo.
El calendario separa a las sociedades mercantiles de los trabajadores por cuenta propia. Las empresas tendrán que adaptarse el 1 de enero de 2027, mientras que los autónomos dispondrán de seis meses más, hasta el 1 de julio de ese mismo año.
El régimen sancionador añade presión a esa adaptación. La multa puede llegar a 50.000 euros para el autónomo que utilice sistemas no certificados, mientras que fabricantes o distribuidores se exponen a sanciones de hasta 150.000 euros por ejercicio y por tipo de programa.
La obligación no distingue entre actividades del transporte con mucha o poca estructura administrativa. El mismo requisito alcanzará a quien emite pocas facturas al mes por servicios propios y a quien trabaja con varios clientes, rutas fijas o servicios recurrentes.