El Gobierno y la Dirección General de Tráfico preparan una nueva regulación que limitará los adelantamientos de vehículos pesados en tramos y franjas horarias concretas de la red viaria española. La medida afectará sobre todo a los camiones de transporte de mercancías de más de 7.500 kilogramos, a los vehículos especiales y a los que circulen con autorización complementaria.
La novedad es que la restricción no quedará fijada solo por calendario o por una carretera concreta, sino que podrá adaptarse a la intensidad del tráfico en tiempo real. Eso acerca el control a las operaciones salida, retornos, festivos y vacaciones, justo cuando una maniobra lenta en el carril izquierdo puede alargar retenciones y elevar el riesgo de alcance.
La DGT podrá activar la prohibición según cambie el tráfico en cada tramo
La Resolución de 14 de enero de 2026 publicada en el BOE recoge la medida en su apartado D.3.
El objetivo declarado pasa por mejorar la seguridad vial y dar más fluidez a la circulación en los momentos de mayor densidad. En la práctica, el margen para adelantar quedará más condicionado en corredores donde coincidan mucho turismo, velocidad desigual y tránsito intenso de mercancías.
Ahí entran los llamados adelantamientos elefante.
Son maniobras en las que un camión ocupa durante bastante tiempo el carril izquierdo para rebasar a otro con una diferencia mínima de velocidad. Ese movimiento ralentiza la circulación del resto de vehículos y multiplica el tiempo de ocupación del carril en momentos de tráfico cargado.
Para la operativa diaria, eso obliga a vigilar con más atención el tramo y la franja de paso antes de cerrar una ruta, igual que ocurre con las restricciones de 2026. También puede alargar recorridos cuando un vehículo más rápido quede detrás de otro durante kilómetros sin opción legal de adelantamiento.
La señalización marcará cuándo no podrá iniciarse la maniobra
La prohibición deberá estar indicada de forma expresa, bien mediante paneles de señalización variable gestionados por la DGT o bien con señalización fija instalada por el titular de la vía. El conductor no tendrá que interpretar una limitación genérica, sino atender a la activación concreta del tramo afectado.
Además, la resolución abre la puerta a extender la medida a más carreteras y más segmentos de la red si las circunstancias de circulación lo aconsejan.
Ese punto añade un factor de incertidumbre a la planificación de horarios, sobre todo en servicios con ventanas de entrega ajustadas o en trayectos interurbanos que atraviesan varios corredores de alta intensidad. Un cambio de restricción en tiempo real puede obligar a absorber minutos extra sin modificar ni el peaje ni el coste del combustible.
La medida también encaja con otras limitaciones ya aplicadas al tráfico pesado en fechas concretas y en vías de gran carga circulatoria, como ha ocurrido en tramos con prohibiciones temporales. En este caso, la diferencia es que el veto se centra en la maniobra de adelantamiento y no en la circulación completa del vehículo.
El alcance principal recae sobre los vehículos de transporte de mercancías de más de 7.500 kilogramos, los vehículos especiales y los que necesiten autorizaciones complementarias, tal como fija el apartado D.3 de la Resolución de 14 de enero de 2026 publicada en el BOE.