Nuevas tarifas de peaje en las autopistas de titularidad estatal a partir del 1 de enero

Todos los detalles sobre las nuevas tarifas de peaje de las autopistas de titularidad estatal a partir del 1 de enero y las mismas bonificaciones.

18/12/2025 a las 9:25 h
Los precios se actualizan cada año.
Los precios se actualizan cada año.

El Boletín Oficial del Estado ha publicado esta semana la Resolución de la Secretaría General de Transporte Terrestre que aprueba la modificación de las tarifas aplicables en determinadas autopistas de la red de carreteras del estado.

En concreto, la norma, en vigor desde este mismo 18 de diciembre, establece que a partir del año 2026, y cada año hasta la finalización del periodo de vigencia del convenio de gestión directa entre la Administración General del Estado y la Sociedad Estatal de Infraestructuras del Transporte Terrestre de 2022, se aplicará sobre las tarifas del año anterior un incremento máximo anual del 2 %, al inicio de cada año natural siguiente, salvo en el caso de la AP-7 Circunvalación de Alicante, liberada recientemente.

Tarifas por tipo de vehículo

De cara a 2026, en las autopistas R-3/R-5, R-2, R-4, M-12, AP-7 (Cartagena-Vera), AP-36 (Ocaña-La Roda) y AP-41 (Madrid-Toledo) se establece una tarifa para camiones de dos ejes, camiones de dos ejes y con remolque de un eje, camiones de tres ejes, furgones y furgonetas de dos ejes, cuatro ruedas, con remolque de un eje con rueda gemela una tarifa de 0,1194 euros el kilómetro en el caso de que lleven dispositivo electrónico de peaje y de 0,1298 euros el kilómetro si no lo equipan.

A su vez, en estas mismas vías, para camiones con o sin remolque, con un total de cuatro ejes o más, furgones y furgonetas e dos ejes, cuatro ruedas, con remolque de dos o más ejes y, al menos, un eje con rueda gemela, la tarifa desde el 1 de enero será de 0,1671 euros el kilómetro con tag y de 0,1854 euros sin este artilugio.

Bonificaciones

Por otro lado, la Resolución también determina que las bonificaciones que se estén aplicando con carácter temporal a la fecha de aprobación de este acuerdo, mantendrán su vigencia en las mismas condiciones que se establecieron en las correspondientes resoluciones, salvo las bonificaciones que se estén aplicando con carácter temporal en la autopista AP-7 Circunvalación de Alicante que dejarán de tener efecto.

De igual modo, ante la necesidad de desviar el tráfico de los vehículos que se determine por la totalidad o parte de una autopista explotada por SEITT, se podrán acordar las condiciones de utilización de la autopista con carácter temporal, incluyendo en casos justificados la reducción o gratuidad del correspondiente peaje.

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