Publicadas en el BOE las restricciones al tráfico de camiones en Navarra para este 2024

Tras su publicación a nivel regional el pasado mes de enero, ahora el BOE recoge la norma foral que regula las restricciones al tráfico de camiones en territorio navarro durante este 2024.

25/03/2024 a las 9:01 h
Esta es la primera ocasión en que la Comunidad Foral regula este tipo de restricciones.
Esta es la primera ocasión en que la Comunidad Foral regula este tipo de restricciones.

El Boletín Oficial del Estado ha publicado la Resolución del director del Servicio de Tráfico que establece medidas especiales de regulación de tráfico durante este 2024 en la Comunidad Foral, después de que las recogiera el Boletín Oficial de Navarra ha publicado a finales del pasado mes de enero.

En concreto, la norma establece restricciones al tráfico de vehículos o conjuntos de vehículos, de transporte de mercancías, de más de 7,5 toneladas de MMA para las Javieradas en la NA-127, la NA, la NA-5410 y la NA-5411, para Bolantes de Valcarlos en la N-135 y para Nafarroa Oinez en la NA-127, la NA-8603 y la NA-132.

De igual modo, los transportes de mercancías peligrosas tendrán limitaciones los domingos y los días festivos de ámbito nacional o de ámbito autonómico, desde las ocho hasta las veinticuatro horas, así como los miércoles o jueves vísperas de días festivos de ámbito nacional, desde las dieciséis hasta las veinticuatro horas.

En caso de coincidir varios días festivos consecutivos, incluidos los domingos, las restricciones se aplicarán en el primero de ellos solamente desde las ocho hasta las quince horas, y en el último la correspondiente a domingo o día festivo, quedando el resto de días festivos sin restricción. Además, en la víspera del primer día festivo, distinta de sábado, se aplicará la restricción desde las dieciséis hasta las veinticuatro horas.

Por otra parte, los vehículos ADR también cuentan con restricciones específicas el domingo 31 de marzo y el jueves 1 de agosto.

Adicionalmente, los transportes especiales que precisen servicio de escolta por parte de los cuerpos y fuerzas encargados de la vigilancia del tráfico, o que circulen en régimen de autoescolta y requieran apoyos no podrán circular desde las tres de la tarde de los viernes y hasta la medianoche de los domingos, así como tampoco desde el lunes 8 de julio y hasta el 14 de julio.

De igual manera, la policía foral queda facultada para establecer restricciones complementarias en casos imprevistos o por circunstancias excepcionales, cuando se estime necesario para lograr una mayor fluidez o seguridad de la circulación.

Finalmente también se contemplan restricciones por condiciones meteorológicas y por la ejecución por obras en la red viaria navarra.

Así mismo, la norma tiene efecto durante todo el año 2024 y, en todo caso, hasta que se apruebe la resolución por la que se establezcan medidas especiales de regulación del tráfico en Navarra para el año 2025.

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