Requisitos oficiales del nuevo documento electrónico de control

Publicada una norma que regula las características oficiales de los DeCA en el transporte de mercancías, su conservación, el acceso en internet y la fima digital.

12/06/2026 a las 9:45 h
La norma se centra especialmente en el transporte de mercancías.
La norma se centra especialmente en el transporte de mercancías.

Esta semana se ha publicado oficialmente la Resolución de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril que recoge las características que deben reunir los sistemas y los documentos electrónicos de control administrativo exigidos en los transportes por carretera.

Antes de cualquier otra cosa, para todos los transportistas es imprescindible familiarizarse con las siglas DeCA, correspondientes a la construcción documento electrónico de control administrativo. 

Nuevas características y peculiaridades para mercancías

Con esta norma se amplían las características que han de reunir los documentos electrónicos de control administrativo y los sistemas informáticos necesarios que los generen, en aras de facilitar su implementación por parte de los diferentes operadores económicos involucrados.

De igual modo, con esta regulación también se definen algunas peculiaridades que presenta el transporte de mercancías.

En particular, Transportes confirma que la firma electrónica de los documentos de control administrativo no es obligatoria, salvo en aquellos casos en que se firmen los documentos electrónicos de control administrativo para usos con finalidad contractual y que quedan regulados en esta Resolución.

Características que regula la Resolución

Así pues, la norma regula las características de las aplicaciones informáticas utilizadas para la gestión de los documentos electrónicos de control administrativo, de los documentos electrónicos de control administrativo, de la dirección web de los documentos eletrónicos, de las firmas en caso de inclusión en los documentos electrónicos de control administrativo, de la modificación de los datos incluidos en el documento electrónico durante la realización el servicio, de la agrupación de varios servicios en los documentos electrónicos de control administrativo y de la copia para el conductor del documento.

Así mismo, se articula la posibilidad de utilización de formatos relativos a otros documentos de transporte de mercancías como documento electrónico de control administrativo

Caraterísticas de los DeCAs en mercancías

De manera particular, los documentos electrónicos de control administrativo exigidos tendrán formato PDF con un tamaño no superior a 5 MB. La fecha y hora de creación y la fecha y hora de modificación constarán como metadatos del fichero PDF. Este fichero incorporará un código QR con la dirección web única y específica de cada documento concreto.

Además, no serán válidos ficheros electrónicos obtenidos a partir del escaneo de un documento existente en papel o de imágenes digitalizadas.

Tanto los cargadores contractuales y los transportistas efectivos en el caso de mercancías deberán conservar durante al menos un año los ficheros electrónicos generados.

Con más detalle, en el caso de transporte de mercancías, cargador contractual y transportista efectivo podrán tener su propio repositorio independiente para la conservación de los ficheros.

En este sentido, si los ficheros electrónicos los generó uno de ellos, es suficiente con que el otro pueda descargar los ficheros durante un año.

Firma electrónica y DeCA

Por lo que respecta a la firma electrónica del docimento de control, la norma estipula que se utilizará como mínimo la firma electrónica avanzada definida en el Reglamento 910/2014 de identificación electrónica y servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior.

Así mismo, también serán válidas las firmas electrónicas cualificadas del Reglamento eIDAS.

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