El documento electrónico de control administrativo, DeCA, entra en vigor de forma obligatoria para el transporte de mercancías por carretera español en un mes justo, el próximo 5 de octubre.
El DeCA está llamado a marcar un antes y un después en la digitaiización del transporte español, por lo que no está de más recordar algunas de sus características básicas, así como las condiciones para conservación de cara a posibles controles.
Los documentos electrónicos de control administrativo exigidos tendrán formato PDF con un tamaño no superior a 5 MB. La fecha y hora de creación y la fecha y hora de modificación constarán como metadatos del fichero PDF. Este fichero incorporará un código QR con la dirección web única y específica de cada documento concreto.
Además, no serán válidos ficheros electrónicos obtenidos a partir del escaneo de un documento existente en papel o de imágenes digitalizadas.
Tanto los cargadores contractuales y los transportistas efectivos en el caso de mercancías deberán conservar durante al menos un año los ficheros electrónicos generados.
Con más detalle, en el caso de transporte de mercancías, cargador contractual y transportista efectivo podrán tener su propio repositorio independiente para la conservación de los ficheros.
En este sentido, si los ficheros electrónicos los generó uno de ellos, es suficiente con que el otro pueda descargar los ficheros durante un año.
Firma electrónica y DeCA
Por lo que respecta a la firma electrónica del docimento de control, la norma estipula que se utilizará como mínimo la firma electrónica avanzada definida en el Reglamento 910/2014 de identificación electrónica y servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior.
Así mismo, también serán válidas las firmas electrónicas cualificadas del Reglamento eIDAS.