El Boletín Oficial de la Provincia de Lugo ha publicado la semana pasada el texto del nuevo convenio colectivo de transporte de mercancías por carretera de la demarcación gallega, suscrito por representantes empresariales y sindicales a finales de febrero.
El acuerdo laboral cubre a todas las empresas incluidas en el Acuerdo General para las empresas de la actividad vigente que desarrollen su labor en el provincia y extiende sus efectos de manera retroactiva desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2028.
Incrementos salariales
Por lo que respecta a los años ya cumplidos, el convenio recoge una subida salarial de un 3,1% para 2023, de un 2,8% para 2024 y de un 4% para 2025 que han generado unos atrasos que se abonarán a los trabajadores del transporte lucense en un plazo de tres meses.
Así mismo, de cara a los otros tres años de vigencia del acuerdo a futuro, se ha fijado un incremento salarial de un 3% para este 2026 y de sendos 3,5% para los restantes 2027 y 2028.
Por otro lado, también se establece una prima de convenio de 400 euros, con carácter no consolidable, acordada como medida compensatoria respecto a los atrasos generados en el periodo entre el 2023 y el 2025.
Esta prima se abonará a todo el personal en plantilla con antigüedad desde el1 de enero de 2025, que prestará sus servicios a tiempo completo y que no percibiese en la anualidad 2025 un salario bruto superior, por lo menos, en 400 euros en cómputo anual, al salario fijado en el convenio para la anualidad del 2022.
A su vez, en los casos en los que la antigüedad o la jornada fueran inferiores a los mencionados anteriormente, el trabajador percibirá la parte proporcional de la prima.
En consecuencia, los salarios brutos anuales de la categoría de conductor quedará en los 20.313,28 euros brutos anuales, mientras que en la de conductor-mecánico ascenderá a 20.791,03 euros brutos anuales, incluyendo los conceptos salariales establecidos en convenio y las tres pagas extraordinarias.
Complementos y permisos
Finalmente, también se actualizan y ordenan los complementos propios del sector, incluyendo plus de convenio, peligrosidad, cámaras frigoríficas, quebranto de moneda y ayudas de coste.
Así mismo, se adapta la regulación de permisos retribuidos y licencias a la normativa vigente, incorporando mejoras y clarificando supuestos específicos del sector.