Ya son oficiales las restricciones de circulación para camiones en el País Vasco de este 2026

Publicadas oficialmente las restricciones de circulación para camiones en el País Vasco de este 2026 que entran en vigor en ocho días.

05/02/2026 a las 9:20 h
La norma estará en vigor hasta que se dicten las restricciones de 2027.
La norma estará en vigor hasta que se dicten las restricciones de 2027.

Poco a poco se va completando el cuadro oficial de restricciones de circulación para el año en curso.

Así pues, tras las normativas estatal y navarra, ahora el Boletín Oficial del Estado ha publicado la Resolución de la Dirección de Tráfico vasca que se establecen las medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2026 en la región.

Como suele ser habitual, la norma fija restricciones de circulación por la celebración de pruebas deportivas, marchas ciclistas y otros eventos, para vehículos que transportan mercancías peligrosas, para vehículos o conjuntos de vehículos de transporte de mercancías de más de 7.500 Kg. de MMA, así como para unidades que precisan autorización complementaria de circulación y vehículos especiales.

De igual modo, la Resolución también contempla restricciones complementarias y la interrupción de las obras en la vía.

Entrada en vigor 

La normativa entra en vigor en ocho días hábiles y tendrá vigencia durante todo el año 2026, aunque se prorrogará hasta la entrada en vigor de la resolución por la que se establezcan medidas especiales de regulación del tráfico para el año 2027.

Por lo que respecta a las restricciones para vehículos de transporte de mercancías, la norma estipula medidas para el período estival en la A-1 entre su enlace con la N-622 y Treviño, así como de Treviño a Vitoria, y en la A-8 entre el punto kilómetrico 139,21 y la raya con Cantabria los sábados, domingos y festivos entre las once de la mañana y las dos de la tarde, así como los domingos y festivos en horario vespertino entre el 6 de junio al 6 de septiembre.

Restricciones específicas

Así mismo, por otro lado, también se establecen restricciones en fechas concretas los días 18 de marzo, 26 de junio, 24 de julio, 4 de diciembre, 19, de marzo, 27 de junio, 25 de julio, 5 de diciembre, 2 de enero de 2027, 22 de marzo, 1 de noviembre, 6 y 8 de diciembre, y 6 de enero de 2027 en la A-8, N-634, BI-3724 y BI-734.

A su vez, la medida se aplica los días en la A-8, N-634, BI-3724, BI-734, AP-1, A-1 y N-240 los días 1 de abril, 14 de agosto, 9 de octubre, 2 de abril, 15 de agosto, 10 de octubre, 6 de abril, 31 de agosto, 12 de octubre, 31 de julio y 1 de agosto. Estas dos últimas jornadas, también se extiende la restricción a la N-622.

De igual modo, en el transporte transfronterizo hay limitaciones en la AP-8, GI-20, A-15, AP-1, A-1, N-I, GI-636, GI-11 y N-121A los días 6 de abril, 8, 14 y 25 de mayo, 14 de julio y 11 de noviembre.

Por otro lado, la Resolución también incluye exenciones a las restricciones, junto con la red de itinerarios para mercancías peligrosas en la comunidad autónoma, entre otros aspectos.

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