Competencia incluye a dos directivos en su investigación contra Renfe, Renfe Mercancías y Pecovasa iniciada en 2024

Competencia incluye a dos directivos en la investigación del expediente sancionador abierto a Renfe, Renfe Mercancías y Pecovasa en julio de 2024 por posibles prácticas restrictivas de la competencia en servicios de tracción.

08/07/2025 a las 12:50 h
La investigación se extiende ahora a un directivo de Pecovasa y a otro más de Renfe Mercancías.
La investigación se extiende ahora a un directivo de Pecovasa y a otro más de Renfe Mercancías.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha ampliado el expediente sancionador iniciado en 2024 contra Renfe, Renfe Mercancías y Pecovasa por restringir la competencia en una licitación de servicios de tracción ferroviaria.

Ahora, el organismo regulador incluye en su investigación a dos directivos de estos operadores públicos, uno de Pecovasa y otro de Renfe Mercancías.

El expediente se inició en julio del año pasado, cuando se abrió un expediente sancionador a Renfe y a sus filiales Renfe Mercancías y Pecovasa Renfe Mercancías por posibles prácticas restrictivas de la competencia en el mercado de servicios de tracción ferroviaria para el transporte de mercancías en España. 

En concreto, Competecia investiga, a raíz de una denuncia presentada por la Asociación de Empresas Ferroviarias Privadas, si Renfe Mercancías y Pecovasa restringieron la competencia en una licitación de servicios de tracción ferroviaria convocada el 20 de enero de 2022 por Pecovasa y adjudicada a Renfe Mercancías.

El organismo regulador estimaba entonces que estas prácticas podrían ser contrarias a la normativa nacional y europea de defensa de la competencia por lo que inició una información reservada y realizó inspecciones en octubre de 2023, y aseguraba haber "encontrado indicios razonables" de que Renfe Operadora, Renfe Mercancías y Pecovasa podrían haber vulnerado la normativa.

Competencia alcara que, en todo caso, la ampliación no prejuzga el resultado de la investigación. En este sentido, se mantiene el periodo máximo de 18 meses, desde la fecha de la incoación inicial, para la instrucción y la resolución del expediente.

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