El puerto de Vilagarcía aprueba una ordenanza de seguridad vial y control de actividades en la zona de servicio terrestre

El puerto de Vilagarcía adapta a sus actuales espacios la ordenanza de seguridad vial y control de actividades en su zona de servicio terrestre.

30/10/2026 a las 9:15 h
La norma tiene en cuenta el aumento de actividad en el enclave.
La norma tiene en cuenta el aumento de actividad en el enclave.
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El consejo de administración de la Autoridad Portuaria de Vilagarcía ha dado luz verde en su encuentro de esta semana a una nueva ordenanza portuaria de seguridad vial y control de actividades y ocupaciones en la zona de servicio terrestre del puerto.

Este documento tiene su origen en una revisión de la situación actual de la distribución de los espacios portuarios, profundizando en la regulación de determinadas cuestiones relativas a la seguridad vial y al ejercicio de actividades en la zona de servicio del puerto.

Normativa adaptada a la realidad actual del puerto

Tras este análisis, y teniendo en cuenta la creciente actividad portuaria y el desarrollo de sus infraestructuras y servicios, el ente gestor portuario gallego ha detectado la necesidad de aprobar una ordenanza específica en esta materia, con el fin de facilitar el conocimiento de procedimientos ya sistematizados, favorecer el cumplimiento de cuestiones clave para el adecuado desarrollo las operaciones y servicios en el puerto y reforzar la seguridad jurídica en este ámbito. 

Tres zonas

En este sentido, la ordenanza distingue claramente tres zonas portuarias en función de las limitaciones de acceso a las mismas. Las zonas de acceso restringido son aquellas áreas con cierre perimetral a las que únicamente pueden acceder usuariosque, tras ser registrados en el Sistema de Control de Accesos, hayan sido autorizados a acceder a través de los agentes del Servicio de Policía Portuaria manualmente o de forma automatizada, al asignárseles una acreditación de acceso, en función de los servicios que se deban prestar.

Esta calificación aplica a toda la zona comercial, que comprende los muelles Comercial, de Comboa y de Ferrazo, la zona de Sestiva, viales y zonas de estacionamiento; y también al muelle de O Ramal. 

A su vez, otras áreas del recinto portuario, como Pasaxeiros o la zona de O Cavadelo, se denominan de acceso controlado, ya que este es libre para personas, pero no para vehículos. 

Y finalmente existen zonas sin restricciones de acceso y abiertas al uso general, en las que el control del cumplimiento de la normativa de tráfico, circulación y seguridad vial es ejercicio por el Ayuntamiento de Vilagarcía de Arousa, tal y como establece un informe elaborado por la Asesoría Jurídica de Puertos del Estado, sin perjuicio de que la Autoridad Portuaria, por operaciones portuarias puntuales, pueda establecer otros límites, con su expresa señalización.

Controles y supervisión

Por otro lado, la ordenanza establece, entre otras cuestiones, el procedimiento para el alta de empresas en el sistema de control de accesos,  normas aplicables a la circulación de distintos tipos de vehículos; o los mecanismos de control de actividades industriales y comerciales en el recinto portuario.

A este respecto, se especifica que el control y supervisión de todas las actividades y ocupaciones que se desarrollen en el ámbito portuario será ejercido, sin perjuicio del que realicen los servicios técnicos de la Autoridad Portuaria, por el Servicio de Policía Portuaria, cuyas instrucciones deberán ser estrictamente acatadas por todas las personas físicas o jurídicas que operen en dicho espacio.

De igual manera, también se incluyen en la ordenanza apartados específicos sobre el control de mercancías y de obras. 

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