Puertos del Estado ha iniciado la tramitación del Reglamento de Explotación y Policía Portuaria.
La reunión de esta semana con las organizaciones sindicales más representativas del sector echa a rodar una iniciativa que da cumplimiento a lo previsto en la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Nuevo marco normativo
En este sentido, según el ente gestor portuiario, el nuevo Reglamento permitirá dotar al sistema portuario de titularidad estatal de un marco normativo sistemático, actualizado y homogéneo que regule el funcionamiento de los servicios, el uso del dominio público, la seguridad, la protección y las operaciones, entre otras cuestiones relevantes para la explotación portuaria.
De igual modo, también se estima que incorporará un modelo de ordenanzas portuarias que servirá de referencia a las Autoridades Portuarias para el desarrollo de su normativa específica.
Durante los últimos meses, Puertos del Estado ha venido trabajando en la elaboración de este texto inicial, incorporando las aportaciones trasladadas por las Autoridades Portuarias.
Más seguridad jurídica
Con esta norma, Puertos del Estado pretende reforzar la seguridad jurídica del sistema portuario en el marco de su modelo de gestión, en un contexto geoestratégico y económico cada vez más exigente, sobre la base de que el nuevo Reglamento contribuirá a mejorar la resiliencia y la capacidad de respuesta de los puertos españoles, al tiempo que reforzará su competitividad, mediante un marco estable, previsible y adaptado a los nuevos retos del sector.
Puertos del Estado ha concluido la elaboración de un texto previo del Reglamento, que será remitido al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible para la continuación de su tramitación. A partir de ese momento, el Ministerio recabará los informes oportunos, con especial relevancia del Ministerio del Interior y de la Dirección General de la Marina Mercante, y dará curso al procedimiento correspondiente hasta su aprobación definitiva.
El texto regula de forma integral las principales características de la actividad portuaria, incluyendo el uso del dominio público, las condiciones de acceso y permanencia en la zona de servicio, la ordenación y control del tráfico marítimo y terrestre, así como el régimen aplicable a las operaciones de los buques en puerto.
Además, también desarrolla la organización y funcionamiento de los servicios generales, la señalización marítima y, de forma destacada, el servicio de policía portuaria, precisando sus funciones, alcance y coordinación con otras autoridades, así como disposiciones en materia de seguridad, protección y prevención de la contaminación, junto con el marco operativo aplicable a las diversas actividades de la explotación portuaria.
Por otro lado, el Reglamento prevé la creación de una Comisión de Seguimiento como órgano consultivo y de coordinación técnica entre Puertos del Estado y las Autoridades Portuarias, con participación de las organizaciones sindicales más representativas y que trabajará para facilitar una implantación homogénea del nuevo marco normativo, realizar el seguimiento de su aplicación práctica, identificar incidencias y promover el intercambio de criterios y la formulación de propuestas de mejora.