La "Ley Rider" cambia el mapa español de plataformas

La aprobación de la ‘Ley Rider’ marca un antes y un después para las plataformas digitales en España. El debate entre competitividad y derechos laborales está servido no solo aquí, sino en toda la Unión Europea.

21/03/2022 a las 19:06 h

La aprobación de la ‘Ley Rider’ y la anterior ofensiva judicial ha puesto en jaque el mapa de plataformas digitales en España y como un terremoto ha alterado el funcionamiento de un sector que se hasta hace unos meses se movía en el alambre y que ahora espera también un marco europeo unificado.

Si para algunos actores, la ‘Ley Rider’ ha supuesto la puntilla, otros han decidido adaptarse en un segmento de actividad que se ha disparado con la pandemia y en el que se mezcla, o se mezclaba, como quiera verse, la precariedad con la hipertecnologización.

Lo cierto es que el modelo laboral basado en autónomos, falsos las más de las veces, según diversas sentencias judiciales, incluyendo una crucial  del Supremo, está en vías de extinción y eso ha supuesto un terremoto.

Por un lado, la aprobación y entrada en vigor de la ‘Ley Rider’ ha provocado que algunas plataformas hayan abandono su actividad en España.

Unos se van y otros crecen

El caso más evidente y paradigmático de impacto negativo de la ‘Ley Rider’ es el de Deliveroo. La compañía llegó a la conclusión el pasado verano de que «alcanzar y mantener una posición de mercado de primer nivel en España requeriría un nivel de inversión muy elevado que podría afectar a la viabilidad económica».

En definitiva, la compañía no se vio en condiciones de hacer frente a unos costes laborales incrementadospor la obligatoriedad de laboralizar a sus repartidores.

La calificación como trabajadores asalariados y el control de los algoritmos son objeto de debate en el ámbito de las plataformas digitales

Por eso, ha preferido plegar velas y «centrar las inversiones y los recursos en el resto de mercados en los que opera»

Casi al mismo tiempo, Glovo iniciaba la contratación laboral de casi 2.000 de sus repartidores para cumplir con la presunción de laboralidad establecida en la 'Ley Rider'.

De este modo, la empresa pretendía mantener a repartidores autónomos en un volumen suficienteque le permita compaginar el cumplimiento de la legalidad vigente marcada por la ‘Ley Rider’ y la sentencia del Supremo en relación con los repartidores, con su propia viabilidad económica.

Pocos meses después, esta misma plataforma recibía un nuevo revés judicial, cuando un  juzgado de Vigo vió relación laboral entre Glovo y 97 riders de Pontevedra, en línea con la jurisprudencia del Tribunal Supremo al respecto.

Ya durante el otoño, con la ley ya en vigor, Comisiones Obreras y UGT han presentado una denuncia ante la Audiencia Nacional contra Uber Eats por lo que consideran el despido colectivo de 3.000 repartidores desconectados de la aplicación de la plataforma, pocas semanas después de la entrada en vigor de la Ley ‘Rider’.

Las centrales sindicales defienden que «la desconexión masiva de todas las personas que trabajaban para Uber Eatsse debe entender como un despido colectivo que se ha realizado de forma irregular, sin garantizar los derechos respaldados por el Estatuto de los Trabajadores y el convenio sectorial que regula sus relaciones colectivas de trabajo».

Mientras tanto, y al contrario que Deliveroo, Stuartinició en octubre su operativa de reparto en Valencia, pocos meses después de lanzarlo en Zaragoza, y fortalece su plan de expansión en España, con lo que de este modo parece plantar cara así frente al impacto de la ‘Ley Rider’ en un sector en el que, al ponerse en cuestión su modelo laboral, muchas otras empresas se encuentran en retirada.

[sumario]Más allá de la ‘Ley Rider’, la Unión Europea también buscará una regulación de consenso para las relaciones laborales de las plataformas digitales”.[/sumario]

En este mismo sentido, casi a finales de 2021, Just Eat ha suscrito con los sindicatos Comisiones Obreras y UGT el que es el primer convenio colectivo del segmento de plataformas de reparto a domicilio en España. El acuerdo será de aplicación en todo el territorio nacional y entra en vigor este mes de enero, con la vista puesta en convertirse en un punto de partidapara una futura negociación homogénea en esta actividad.

El acuerdo regula condiciones laborales en un entorno en el que la tecnología juega un papel esencial y pretende acabar con la imagen de precariedaden el sector del reparto de comida a domicilio en España.

Además, según las partes, se ha fijado un salario digno para los repartidores, garantiza una jornada con cierta con desconexión digital, la no pérdida de poder adquisitivo, así como condiciones de seguridad y salud laboral, al tiempo que establece mecanismos de organización del trabajo compatibles con los entornos de las plataformas digitales.

Así mismo, el pasado verano aterrizaba en España  Getir tras la compra de la start-up barcelonesa Blok, con un total de 24 almacenes, 13 de ellos situados en Madrid, así como otros seis en Barcelona y cinco en Alicante. La compañía cuenta con unos 1.000 trabajadores en el país, entre repartidores, personal administrativo y empleados de los almacenes, y su intención es seguir creciendo a lo largo de 2022.

Además, su principal competidor en el ámbito de las ‘dark stores‘ es Gorillas, de origen alemán, que llegó a España en junio y ya opera en ciertos distritos de Madrid, Barcelona, Valencia y Alicante.

Deliveroo ha decidido salir de España tras la aprobación de la ‘Ley Rider’, al ver que no le resultan rentables las nuevas condiciones

La última palabra, del Constitucional

Mientras tanto, a finales de octubre de 2021, El Tribunal Constitucional ha decidido admitir a trámitelos recursos de inconstitucionalidad promovidos por más de cincuenta diputados de los grupos parlamentarios del Partido Popular y de Vox en el Congreso de los Diputados contra la ‘Ley Rider’.

[sumario]El régimen contractual y el control tecnológico de horarios y condiciones de trabajo son los caballos de batalla en las condiciones laborales de los repartidores”.[/sumario]

De este modo, el máximo órgano de control constitucional español decidirá en última instancia sobre esta polémica modificación del Estatuto de los Trabajadores para contemplar como obligatoria, salvo en algunos casos, la laboralización de los repartidores que desempeñan su labor en las plataformas digitales de reparto.

Sin embargo, esta postura adoptada en la ‘Ley Rider’ también es conflictiva en la Unión Europea.  Recientemente, el Parlamento Europeo se ha opuesto a la clasificación automática como trabajadores por cuenta ajenade todos los empleados de plataformas, lo que permitirá a los que de verdad desarrollan su actividad por cuenta propia seguir en esa posición.

En definitiva, en un futuro y dentro del seno de la Unión también deberá adoptarse una postura de consenso para regular de manera uniforme las relaciones laborales en las plataformas tecnológicas. En este sentido, es difícil encontrar un equilibrio entre competitividad y garantía de los derechos laborales para un sector que vive años de gran impulso y cuyas perspectivas de cara al futuro son buenas en un escenario en el que la población urbana de la Unión Europea no para de crecer. 

 

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