El Gobierno envía a las Cortes Generales el texto de modificación de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana

El 13 de diciembre de 2022, el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto, con el objetivo de adaptar la normativa urbanística a los principios de la Agenda Urbana Española, fomentando un desarrollo urbano sostenible, integrado e inclusivo.

27/03/2024 a las 13:31 h
La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, ha llevado esta modificación al Consejo de Ministros.
La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, ha llevado esta modificación al Consejo de Ministros.

El Consejo de Ministros ha aprobado el texto para la modificación de la Ley estatal de Suelo y Rehabilitación Urbana, de cara a su tramitación en las Cortes Generales, con el fin de aportar seguridad jurídica y evitar la paralización de los planes urbanísticos cuando los errores de carácter formal sean subsanables.

La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, ha llevado esta modificación al Consejo de Ministros. El objetivo es activar el Anteproyecto de Ley por el que se modifica el Texto Refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana, que decayó en la anterior legislatura.

El 13 de diciembre de 2022, el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto, con el objetivo de adaptar la normativa urbanística a los principios de la Agenda Urbana Española, fomentando un desarrollo urbano sostenible, integrado e inclusivo. Sin embargo, no llegó a comenzar su tramitación parlamentaria por la convocatoria de elecciones generales.

Mediante el texto aprobado ahora por el Consejo de Ministros, se propone una reforma legislativa que dote a estos importantes instrumentos de planificación territorial y urbanística de la estabilidad, certeza y seguridad jurídica que demandan. En este sentido, los planes urbanísticos son una herramienta imprescindible para el desarrollo de pueblos y ciudades con criterios de sostenibilidad.

Las razones que motivan la modificación son esencialmente las particularidades del planeamiento de ordenación territorial y urbanística, con especial atención a los trámites procedimentales, a la legitimación para el ejercicio de acciones y a la identificación de los posibles vicios que pudieran comportar su declaración de ilegalidad.

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