Santa Cruz de Tenerife, primer municipio que exige tener la ITV en vigor para acceder a su Zona de Bajas Emisiones

La Asociación continuará trabajando para que más ayuntamientos incorporen en sus ordenanzas la exigencia de que los vehículos tengan la ITV en vigor para acceder a las ZBE.

03/09/2026 a las 10:10 h
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Santa Cruz de Tenerife se ha convertido en el primer municipio de España que exige tener la ITV en vigor a los vehículos autorizados para acceder a su Zona de Bajas Emisiones. Así lo establece la nueva Ordenanza Municipal Reguladora de la ZBE, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia, que incorpora las alegaciones planteadas por la Asociación Española de Entidades Colaboradoras de la Administración en la Inspección Técnica de Vehículos.

En concreto, la ordenanza establece expresamente en su artículo 13 que “todos los vehículos autorizados deberán tener la inspección técnica de vehículos, cuando proceda, y el seguro obligatorio en vigor durante todo el periodo de validez de la autorización”. Se trata de un importante precedente en la regulación municipal de las Zonas de Bajas Emisiones, que según Aeca-ITV deben tener en cuenta no solo la clasificación ambiental del vehículo, sino también que este cumple con la inspección técnica que legalmente le corresponde. 

La medida supone trasladar, de forma parcial, al ámbito municipal una línea de actuación que Aeca-ITV viene impulsando en los últimos meses. En febrero, la Asociación ya puso en valor que la ordenanza tipo sobre Zonas de Bajas Emisiones de la Federación Española de Municipios y Provincias contemplara que los vehículos que accedan a estas áreas urbanas tengan la ITV en vigor, tengan el acceso autorizado o no.

Con la publicación de la ordenanza de Santa Cruz de Tenerife, esta vinculación entre ZBE e ITV se materializa por primera vez en la regulación municipal de una Zona de Bajas Emisiones, para aquellos vehículos que cuenten con autorización de acceso a ZBE.

La ZBE no impedirá acudir a pasar la ITV

La ordenanza de Santa Cruz de Tenerife garantiza además que las restricciones de una ZBE no se conviertan en un impedimento para cumplir con la obligación legal de pasar la inspección técnica. Su Anexo II incluye expresamente entre los supuestos que pueden obtener autorización de acceso el de los vehículos que acudan a estaciones ITV ubicadas dentro de la ZBE para realizar la inspección técnica obligatoria o legalizar reformas.

De esta manera, un vehículo afectado por las restricciones de la ZBE podrá solicitar autorización cuando necesite acceder a una estación ITV situada dentro de su perímetro. Esta previsión está también en línea con la recomendación realizada por la Dirección General de Tráfico a los ayuntamientos para evitar que las restricciones de circulación dificulten el cumplimiento de la inspección técnica.

La Asociación continuará trabajando para que más ayuntamientos incorporen en sus ordenanzas la exigencia de que los vehículos tengan la ITV en vigor para acceder a las ZBE, tanto si tienen este acceso autorizado como si no; así como las exenciones necesarias para que los vehículos puedan acudir a una estación de ITV situada dentro de ZBE para realizar la inspección obligatoria o legalizar reformas.

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