Anesco pide que se rebajen las tasas portuarias para evitar sus efectos negativos

La patronal de la estiba cree que las actuales cuantías de las tasas portuarias generan un exceso de tesorería en el sistema portuario de interés general que genera más perjuicios que beneficios.

04/04/2018 a las 22:19 h

comite-anesco-marzo-2018 El Comité Ejecutivo de Anesco se ha reunido por primera vez en sus nuevas instalaciones de Madrid esta semana.

La ejecutiva de Anesco reunida esta semana en sus nuevas oficinas de Madrid estima que, además de la rebaja en un 10% la cuantía básica de la tasa de mercancías en los puertos españoles, también se debería revisar la tasa de ocupación del dominio público y la tasa de actividadde las concesiones en los puertos.

La asociación ya ha mantenido un primer encuentro con responsables de Puertos del Estado para trasladarles su propuesta de fijar el 4% como tipo de gravamen aplicable a la base imponible de la tasa de ocupación para actividades portuarias relacionadas con el intercambio entre modos de transporte, las relativas al desarrollo de servicios portuarios, así como otras actividades portuarias comerciales, pesqueras y náutico-deportivas.

Esta propuesta se realiza a la vista de que el sistema portuario de interés general genera recurrentemente un Ebitda positivo anual entre 500 y 600 millones de euros, que le permite obtener un resultado económico consolidado superior a los 200 millones de euros de beneficios cada ejercicio, así como contar con una tesorería superior a los 1.300 millones de euros.

En este sentido, Anesco apunta que los ingresos del conjunto del sistema portuario proceden en su mayor parte de las diferentes tasas que devengan los concesionarios y usuarios de las Autoridades Portuarias, cuyas cuantías actuales tiene efectos negativos como la generación de recursos económicos sin aplicación.

Estos recursos no contribuyen además al desarrollo del tráfico marítimo, al desarrollo de inversiones privadas, al fomento empresarial, ni a la creación de puestos de trabajo, o la realización de inversiones públicas que, en algunos casos, no responden a razonables criterios de rentabilidad económica o social y el incumplimiento del principio de equivalencia entre tributos y coste de los bienes o servicios prestados por la Administración Pública.

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