El Canal de Panamá reduce temporalmente el calado máximo de los buques que pueden atravesarlo.
La Autoridad del Canal de Panamá (ACP) ha emitido una circular a las navieras que establece ciertas restricciones temporales al calado de los buques para todos los agentes, propietarios y operadores de la vía interoceánica.
Esta medida temporal y preventiva se adopta debido a los efectos del fenómeno conocido como "El Niño", el cual deriva en el calentamiento periódico de las aguas oceánicas en el Pacífico tropical.
Cuando esto ocurre, El Niño cambia el patrón de precipitación en muchas regiones del planeta, con la consecuente sequía en la cuenca del Canal, lo que ha provocado que los lagos Gatún y Alhajuela se encuentren por debajo de sus niveles promedio para esta época.
La circular establece que el calado máximo permitido será de 11.89 metros en agua dulce tropical, efectivo a partir del 18 de abril de 2016. No obstante, los buques cargados desde este martes 22 de marzo deben cumplir ya con dicha medida.
Se informará a las navieras un mes antes
Según indican desde la Autoridad del Canal, las restricciones de calado se llevarán a cabo de forma decreciente 15 centímetros con cada restricción anunciada, al menos con cuatro semanas de antelación.
El gestor del Canal continuará dando seguimiento a los niveles de agua de los lagos y, en el caso de que esta segunda restricción se confirme, la circular con la notificación formal se enviará por lo menos con cuatro semanas de antelación, con el fin de permitir a los usuarios del Canal una planificación adecuada.
Por otra parte, si aumentara la cantidad de lluvia durante las próximas semanas, las navieras serán informadas cuando la restricción sea suspendida.