El País vasco remite al Parlamento Europeo su proyecto de Ley de puertos y transporte marítimo

Los puertos de Bilbao y Pasajes, encuadrados como puertos de interés general, quedan excluidos de esta nueva normativa.

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El País vasco remite al Parlamento Europeo su proyecto de ley de puertos y transporte marítimo Esta nueva regulación establecerá el régimen jurídico aplicable a los puertos e instalaciones portuarias y marítimas.

El País Vasco ha aprobado recientemente el Proyecto de Ley de puertos y transporte marítimo de la región, un documento que será remitido al Parlamento para su debate y en el que se definirá la estructura y funcionamiento de la Administración Portuaria del País Vasco.

Mediante este texto, se establece el régimen jurídico aplicable a los puertos e instalaciones portuarias y marítimas, regulando la gestión del dominio portuario y el régimen económico financiero derivado de la utilización del dominio público portuario y la prestación de servicios.

A su vez, el proyecto de esta nueva normativa ordenará la actividad del transporte marítimo de pasaje, de mercancías y mixto que sea competencia de la Comunidad Autónoma, y fijará el régimen sancionador en el dominio público portuario autonómico, así como las potestades de inspección y control.

En este contexto, cabe destacar que su ámbito de aplicación no afectará a los puertos de interés general ubicados en la comunidad autónoma, como Bilbao y Pasajes.

Esta nueva regulación prevé la constitución de un Consejo Municipal Portuario para articular las relaciones entre la Administración Portuaria y las administraciones municipales de localidades con puerto.

Novedades en los regímenes regulatorios

El documento recoge que la ordenación portuaria se articularía en torno a  dos instrumentos básicos: los Planes Especiales de Ordenación Portuaria, que regulan el uso urbanístico, y la Delimitación de los Espacios y Usos Portuarios, con fines delimitadores y organizativos.

Asimismo, el texto establece que el régimen jurídico de los puertos del País Vasco dibuja un concepto global de puerto, ya que las distintas actividades y usos confluyen en un mismo espacio físico, e indica que en el Registro de Empresas Operadoras del Transporte Marítimo deben estar inscritas las empresas de transporte marítimo de pasaje, mercancías y mixtos.

En cuanto al régimen de policía y sancionador, se fijan las garantías para la preservación de la actividad de los puertos con el ejercicio de las potestades de desahucio y de recuperación posesoria, en base al principio de legalidad y con la tipificación de las infracciones como leves, graves o muy graves.

Para las tasas portuarias, por su parte, se establece la revisión general de la regulación actual, incorporando su completa redefinición y reestructuración.

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