Fenadismer solicita incluir en el ROTT la prohibición de contratar por debajo de los costes

La Justicia europea ha sentenciado recientemente que el precio no puede ser inferior a los costes mínimos de explotación fijados por una Administración nacional.

28/02/2017 a las 23:06 h

Los transportistas amenazan con un paro nacional en el transporte por carretera a partir del 17 de noviembre El Tribunal Supremo declaró ilegal en 2012 la contratación por debajo de costes en el sector del transporte por carretera

Fenadismer planteará al Ministerio de Fomento la inclusión expresa de la prohibición de contratación de los servicios de transporte por debajo de costes, a propósito de la modificación del Reglamento de Ordenación de los Transportes Terrestres.

Así lo han señalado tras la reunión llevada a cabo por la Asamblea General de la Federación, en la que se ha analizado una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que aborda este tema.

El Tribunal falló a favor de un transportista italiano contra su empresa cargadora por la diferencia entre el importe abonado por las operaciones de transporte realizadas y el importe que debía corresponderle, recogido en el Observatorio de costes aprobado por el Ministerio italiano de Transportes.

Así, la Justicia europea sentencia que el precio de los servicios de transporte de mercancías por carretera por cuenta ajena no puede ser inferior a los costes mínimos de explotación fijados por una Administración nacional.

Desde Fenadismer vienen luchando desde 2006 contra la imposición de precios y la contratación por debajo de costes que han venido sufriendo los transportistas en los últimos años en la contratación de los servicios de transporte.

Ante las actuaciones judiciales llevadas a cabo por Fenadismer, el Tribunal Supremo declaró ilegal en 2012 la contratación por debajo de costes en el sector del transporte por carretera, condenando a la empresa cargadora que llevaba a cabo estas conductas ilícitas a cesar en estas actuaciones.

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