Fomento convoca las ayudas a la formación en el sector del transporte por carretera para 2016

La presentación de las solicitudes deberá realizarse antes de un mes, desde la publicación de la convocatoria en el BOE.

07/02/2016 a las 21:08 h

Transporte por carretera El presupuesto será el mismo que el del 2014 y el del 2015, de 3.842.000 euros.

El Ministerio de Fomento, según la resolución del 29 de enero de 2016 publicada por la Secretaría de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda en el BOE del viernes 5 de febrero, ha establecido el procedimiento para las subvenciones destinadas a la formación, en relación con el transporte por carretera, cuya convocatoria queda bajo la competencia del secretario general de Transporte, por delegación del secretario de Estado de Infraestructuras, Transporte y Vivienda.

Las solicitudes de estas ayudas, con una cuantía máxima de 3.842.000 euros al igual que en en 2015 y en 2014, deberán dirigirse al director general de Transporte Terrestre, siendo realizado el otorgamiento en régimen de concurrencia competitiva.

En cuanto a los plazos, el de presentación de solicitudes, será de un mes desde la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado, y el plazo de resolución y notificación de la misma, será de seis meses desde la fecha de publicación de la convocatoria.

La solicitud debe acompañarse de presupuesto detallado, descripción del contenido de los cursos o seminarios, memoria explicativa y justificativa y colectivo al que van dirigidos.

El pago podrá realizarse de forma inmediata a su otorgamiento cuando se presente el resguardo acreditativo de la constitución de una garantía ante la Caja General de Depósitos a disposición de la Dirección General de Transporte Terrestre por el importe total de la subvención.

La Administración valorará en primer lugar, que el beneficiario sea miembro del Comité Nacional del Transporte por Carretera, destinándose a estas entidades la mayor parte de las cantidades disponibles. Asimismo, reserva un 10% a las entidades que cumplan los requisitos y no pertenezcan al Comité.

Finalmente, dentro de cada uno de los dos grupos indicados, se ponderarán criterios de valoración como la adecuación de los temas de estudio al interés público del sector, el grado de representatividad o vinculación de la entidad, así como, el volumen de las acciones formativas en ejercicios anteriores y la correcta ejecución de las mismas.

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