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Navarra aprobará el 23 de junio la regulación de los peajes para camiones

Navarra aprobará definitivamente la regulación de los peajes para camiones el 23 de junio y el pago entrará en vigor antes del 31 de diciembre de 2023 en cuatro autovías de la región para vehículos de más de 3,5 toneladas de MMA.

Ricardo Ochoa de Aspuru 220512 CDS
Ricardo Ochoa de Aspuru
16/06/2022 a las 14:38 h

De nada ha servido la oposición frontal de las empresas de transporte navarras. Tampoco que el momento económico sea especiamente negativo y con visos de ir a peor.

El Parlamento de Navarra ha dado esta semana un paso decisivo para aprobar la Ley Foral que regulará el peaje para camiones en la región y la ha puesto en bandeja para su aprobación definitiva el próximo 23 de junio en el pleno de la cámara autonómica.

Así pues, la Comisión de Cohesión Territorial ha aprobado el dictamen correspondiente a la proposición de Ley Foral reguladora del canon de uso de las carreteras de Navarra, una tasa cuya fecha de inicio de cobro, a determinar por el Gobierno de Navarra, “no podrá ser posterior al 31 de diciembre de 2023”.

La regulación pretende generar una vía de financiación dirigida a sufragar actuaciones de conservación y explotación viaria, así como de construcción de nuevas infraestructuras y servicios asociados.

Así mismo, también podrán dedicarse parte de los ingresos obtenidos con estos peajes a la protección del medio ambiente o al fomento equilibrado de las redes de transporte.

Los peajes en detalle

El canon se implantará en cuatro autovías, la del Norte (A-1), la Barranca (A-10), Leitzaran (A-15) y la del Ebro (A-68), y una carretera de altas prestaciones (N-121-A), la Pamplona-Behobia.

Estarán obligados a abonar esta percepción los vehículos pesados de transporte de mercancías con más de 3,5 toneladas de MMA y se establecerán dos tasas diferentes. La primera de ella cubrirá a los que tengan entre 3,5 y doce toneladas de MMA y la segunda irá destinada a aquellos que la superen.

Quedan exentos los vehículos de la Administración Pública o de las empresas adjudicatarias de la conservación y mantenimiento de la infraestructura, además de los de emergencias, accidentes y aquellos otros dispensados de acuerdo con la normativa comunitaria.

Para la detección, identificación e imputación del gravamen se implantará un sistema abierto de flujo libre, sin detención de vehículos.

La cuantía de la tasa, que se abonará mediante dispositivo TAG o registro telemático, se fijará y actualizará también en función de la distancia recorrida, el deterioro de la infraestructura y la suficiencia financiera del Departamento que la gestione.

El abono de la tasa por infraestructura para vehículos pesados deberá formalizarse dentro de los 60 días naturales siguientes a su devengo y para aqeullos casos en que no se realice el pago en plazo se formulará un requerimiento de pago con un recargo del 5%, 10% y el 20%, según se acredite el pago dentro del mes siguiente, hasta los tres meses posteriores o más allá de este plazo.

Así mismo, de no materializarse el reintegro en el período de dos meses desde la notificación al interesado se procederá a incoar un expediente sancionador que puede sancionarse con una multa de entre 300 y 1.500 euros.

Finalmente, para evitar los problemas legales que han tenido los peajes en Guipúzcoa, Navarra invoca la doctrina comunitaria a fin de corroborar el carácter “no discriminatorio” de una tasa que pretende, según los legisladores regionales eliminar distorsiones en el mercado de transportes para recuperar y reinvertir los costes de conservación y gestión de las vías a través de lo que denominan mecanismos equitativos de imputación.

 

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