Sanciones más moduladas para la morosidad en el transporte

En el Congreso se han rebajado las sanciones que se impondrán en la LOTT a la morosidad en el Congreso, para guardar, según los grupos, una proporción adecuada a la infracción cometida.

08/06/2021 a las 21:47 h

La Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha aprobado con competencia legislativa plena el Proyecto de Ley en materia de infracciones relativas al arrendamiento de vehículos con conductor y para luchar contra la morosidad en el ámbito del transporte de mercancías por carretera, así como para mejorar la gestión en el ámbito del transporte y las infraestructuras.

De este modo, este proyecto se remite ahora al Senado donde continúa su tramitación parlamentaria, con la vista puesta en que esté listo, a ser posible, este mismo mes.

Por lo que respecta a la lucha contra la morosidad en el transporte de mercancías por carretera, el proyecto reconoce que "la morosidad influye negativamente en la liquidez de las empresas, complicando su gestión financiera y afectando a su competitividad", por lo que se crea un nuevo tipo infractor por el incumplimiento del plazo máximo legal de pago de sesenta días.

En este sentido, la propuesta normativa propone la modificación del artículo 141 de la LOTT, que enumera las infracciones de carácter graves, para incluir sanciones por el incumplimiento del límite máximo legal de pago, que además estará sancionado con multas de entre 401 y 1.000 euros.

De igual modo, también se propone considerar sanciones para incumplimientos muy graves en el pago con multas que irán entre los 3.001 y los 6.000 euros.

Además, se prevé, por otro lado, que la imposición de tres sanciones en dos años por morosidad en los pagos de los servicios de transporte podrán dar lugar a la revocación de la autorización para prestar el servicio.

En el debate sobre las enmiendas introducidas en el régimen sancionador de la LOTT para castigar la morosidad, los grupos parlamentarios se han echado las culpas unos a otros de rebajar las cantidades de las sanciones con respecto al proyecto inicial, algo que se ha justificado para evitar desproporciones entre las conductas contrarias al ordenamiento y su sanción, así como para garantizar que la futura norma no sea llevada a los Tribunales por excederse en el castigo.

 

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